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Prohíben divulgar imágenes e información sobre la identidad de las víctimas de Cabezudo

Los tres magistrados que presiden el juicio contra Kote Cabezudo han aceptado la solicitud de la acusación particular para evitar que trascienda a la opinión pública quiénes son las jóvenes que han denunciado abusos sexuales y otros delitos.

El tribunal que juzga el caso contra Kote Cabezudo.
El tribunal que juzga el caso contra Kote Cabezudo. (Maialen ANDRÉS | FOKU)

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Gipuzkoa ha acordado prohibir la obtención, divulgación o publicación de imágenes o información sobre la identidad de las presuntas víctimas del fotógrafo donostiarra Kote Cabezudo, que desde el pasado lunes está siendo juzgado por delitos de estafa, contra la intimidad, contra la libertad sexual, contra la integridad moral y corrupción de menores por 16 mujeres que posaron como modelos para él.

El abogado de la acusación particular, el letrado Mario Díez, solicitó la adopción de medidas para evitar el contacto visual entre las presuntas víctimas y el acusado, incluso en la práctica de la prueba, así como medidas para «garantizar que la víctima pueda ser oída sin estar presente en la sala de vistas mediante el uso de tecnologías de la comunicación».

Asimismo, pidió la adopción de medidas para que «no se formulen preguntas relativas a la vida privada de la víctima que no tengan relevancia» con los hechos enjuiciados, y que las supuestas damnificadas declaren «a puerta cerrada» en el juicio, «sin presencia de público, ni medios de comunicación». Su pretensión es que no trascienda su identidad, y que se prohíba, en su caso, «su difusión o divulgación por cualquier medio».

En un auto fechado el pasado lunes, los magistrados de la Sección Primera de la Audiencia de Gipuzkoa, Augusto Maeso, que la preside, María José Barbarin y Ana Isabel Moreno, estiman la solicitud realizada por el letrado de la acusación particular y acuerdan «prohibir la divulgación o publicación de información relativa a la identidad de las vístimas de este proceso y de datos que puedan facilitar su identificación de forma directa o indirecta». También decretan la prohibición de «la obtención, divulgación o publicación de imágenes de las víctimas».