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Un juzgado reconoce que la muerte de un operario fue por enfermedad profesional y no por covid

Un juzgado de Bilbo ha revocado una resolución de la Seguridad Social que resolvió que la muerte de un hombre en contacto con amianto en su etapa laboral había sido enfermedad común, por haber contraído covid, y ha declarado que la causa fue la enfermedad pulmonar de origen profesional.

Concentración de la Asociación de Víctimas del Amianto de Euskadi ante los juzgados de Bilbo.
Concentración de la Asociación de Víctimas del Amianto de Euskadi ante los juzgados de Bilbo. (Marisol RAMIREZ | FOKU)

El Juzgado de lo Social número 7 de Bilbo ha estimado la demanda de la viuda de un trabajador que falleció a consecuencia de la asbestosis pleuro pulmonar que sufría, a quien la Seguridad Social atribuyó en primera instancia la muerte por haber contraído covid y la consideraba por enfermedad común en vez de origen profesional.

Según ha informado la Asociación de Víctimas del Amianto de Euskadi (Asviamie), el fallecido trabajó en Foseco España SA desde septiembre de 1970 a marzo de 1994, donde realizó trabajos de empaquetado y desempaquetado de materiales que contenían amianto y tareas de limpieza de los residuos de amianto.

La inhalación de fibras de amianto le causó una asbestosis pleuro pulmonar, que fue diagnosticada en septiembre de 2019, según ha precisado Asviamie.

En febrero de 2021, el hombre ingresó en el hospital con neumonía bilateral e insuficiencia respiratoria, con placas pleurales ya conocidas por asbestosis, y, además, «una extensa afectación eritematosa por covid».

Tras fallecer, el certificado de defunción señaló como causa la asbestosis pleuro pulmonar, pero después «la Seguridad Social negó a la viuda las prestaciones derivadas de enfermedad profesional, señalando que la causa del fallecimiento fue derivada de enfermedad común», ha censurado la asociación.

En el juicio por este caso, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) insistió en que la causa de la muerte obedecía a enfermedad común debido al covid, pero el tribunal ha estimado la demanda de la viuda y la ha considerado derivada de enfermedad profesional, revocando la resolución anterior del INSS.