El aval bancario que deberán aportar las candidaturas que a futuro se postulen a la presidencia de Osasuna será rebajado en un 2% –pasará del 10 al 8%–, una de las principales modificaciones que se plantean para los futuros estatutos rojillos, que serán aprobados por la próxima Asamblea de socios compromisarios.
Ese porcentaje se establecerá sobre el último presupuesto de gastos –serían 6,3 millones si se tiene en cuenta el previsto para este año– y será solidario. Esto significa que los miembros de la candidatura no tienen por qué aportar la misma cantidad de dinero, sino que se tendrá en cuenta la suma total de lo aportado.
Este aval tendrá una duración de cuatro años y seis meses –el resultado económico global del mandato en función de que sea negativo o positivo determinará si se ejecuta o no– y será el club quien sufragará los gastos bancarios que genere durante dicho primer mandato.
Otra variación importante del reglamento rojillo atañe a la participación en las asambleas. Así, a partir de ahora, no solo se podrá hacer de modo presencial, sino que también se admite de forma telemática, debiendo informar previamente los socios si eligen esta segunda opción.
Esta doble opción trae consigo que quede suprimido el voto delegado y persigue que pueda tomar parte aquella masa social que vive lejos de Iruñea, o quienes no pueden hacerlo por conciliación familiar o problemas de salud.
Será la Junta Electoral la que validará la idoneidad de los medios electrónicos elegidos, así como la acreditación correcta de la identidad de los socios que vayan a participar en la Asamblea de manera telemática.
«La distancia sigue siendo una barrera que tenemos que intentar solucionar. En este momento, el 22% de los socios de Osasuna no viven ni en Pamplona ni en su comarca y, de ellos, casi el 2% ni siquiera viven en Navarra», ha indicado el que fuese directivo Alfonso Ramírez, quien ha ejercido como portavoz de la comisión que ha realizado esta última reforma de los estatutos.
Justificar las ausencias
Asimismo, los asambleístas deberán justificar ante el club su ausencia –tendrán un plazo de 10 días naturales desde la fecha de la convocatoria– y, en caso de dimisión, será la Junta Electoral quien se encargará de gestionar el proceso de sustitución.
Se suma a las funciones de la Asamblea el que podrá «proponer, acordar y revocar la declaración de persona/s non grata/s». Recordar que en dos ocasiones ya se le adjudicó tal estatus al presidente de la LFP, Javier Tebas.
También se regula que los socios y simpatizantes que opten a los sorteos de entradas cuando Osasuna ejerza como visitante estarán obligados a comprar dichos billetes si resultan agraciados. El incumplimiento de esta norma implicará la pérdida del derecho a participar en más sorteos durante la temporada en curso.
Las personas jurídicas que quieran participar en procesos electorales del club deberán nombrar a una persona física y aquellas perderán su condición de socias cuando se disuelvan o se proceda al cierre de la hoja registral. Lo mismo sucederá en el caso de las personas físicas cuando suceda su fallecimiento.
Asimismo, el presidente tendrá la potestad de cesar directivos, dando cuenta de ello a la Junta Directiva y liberándoles de sus responsabilidades económicas con el club.
«Hemos modificado 18 de los 78 artículos. Esto puede parecer un número muy alto, pero la realidad es que hay cambios menores y hay cambios de cierta entidad», ha puesto de manifiesto Ramírez, quien ha justificado las muchas variaciones aplicadas en los últimos años por el hecho de que «tenemos que estar vivos a lo que ocurre en el mundo osasunista».