La Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco aprobado este viernes una declaración en la que muestra su «total rechazo» al acuerdo alcanzado entre el PSOE y Junts para investir a Pedro Sánchez, en el que se recoge el concepto de «lawfare o judicialización de la política» que, sin embargo, no aparece en la proposición de Ley de Amnistía.
«Las referencias en el documento político suscrito, que incluyen la posibilidad de constituir comisiones parlamentarias para determinar situaciones de ‘judicialización de la política’ y las consecuencias derivadas de ello (acciones de responsabilidad y modificaciones legislativas), resultan una intromisión hasta ahora inaudita en la labor de juzgados y tribunales, y un ataque frontal a la separación de poderes, que implicaría que el Poder Legislativo se convierta en supervisor del Poder Judicial», apunta.
Y afirma que «en un Estado democrático y de derecho en el que la acción del Poder Judicial es independiente y se rige única y exclusivamente al imperio de la Ley, tal y como establece la Constitución Española, resultan inadmisibles iniciativas como la propuesta en el documento suscrito, y en última instancia un grave menoscabo a los derechos y libertades de todos los ciudadanos y ciudadanas».
Voto particular de Subijana
El texto ha sido aprobado con cuatro votos a favor y uno en contra, el del presidente del TSJPV, Iñaki Subijana, que ha firmado un voto particular en el que muestra su «discrepancia» con la propuesta de los magistrados Emilio Lamo de Espinosa, de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), y Alfonso Álvarez-Buylla, de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria, dos organizaciones judiciales conservadoras.
«Tal y como plasmé en el debate, estimo que la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia no debió adoptar un pronunciamiento sobre el acuerdo suscrito entre dos partidos políticos: el PSOE y Junts per Catalunya», señala Subijana, que se ampara en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en el Reglamento 1/2000 del Consejo General del Poder Judicial.
«Ninguna de las atribuciones descritas en el elenco de preceptos normativos anteriormente referidos, que definen y delimitan el marco competencial de la Sala de Gobierno, contempla que la misma efectúe un pronunciamiento público sobre la valoración de un acuerdo entre dos partidos políticos, cualquiera que sea la consideración que merezca el contenido del mismo», asevera.