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Mikel Urmeneta podrá dibujar personajes de Kukuxumusu siempre que no plagie los cedidos

El Tribunal Supremo ha permitido al fundador de Kukuxumusu, Mikel Urmeneta, realizar nuevos dibujos de los personajes de la marca siempre que no sean un plagio de los dibujos de su autoría cedidos a la empresa, que tiene otro propietario.

Mikel Urmeneta, en la Audiencia de Nafarroa, cuando tuvo lugar el litigio.
Mikel Urmeneta, en la Audiencia de Nafarroa, cuando tuvo lugar el litigio. (Iñigo URIZ | FOKU)

La Sala Civil del Tribunal Supremo español ha confirmado que el creador de Kukuxumusu, Mikel Urmeneta, podrá realizar nuevos dibujos del Universo Kukuxumusu «siempre y cuando estos sean lo suficientemente distintos como para no poder ser considerados un plagio de alguno de los dibujos cedidos» en su día a la empresa, que ahora tiene otro propietario.

De esta manera, el TS ha desestimado el recurso planteado por Kukuxumusu contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Nafarroa que revocó la prohibición dictada por el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Iruñea, que estimó la demanda del actual propietario de Kukuxumusu contra Urmeneta y otros cuatro ilustradores y les condenó a no reproducir ni transformar ni distribuir los 15.000 dibujos de su autoría pero cedidos a la marca.

Dos años más tarde, la Audiencia de Nafarroa dio la razón en parte a los dibujantes al considerar que el objeto de la cesión por Urmeneta a Kukuxumusu fueron dibujos, pero no los personajes que en ellos aparecen reflejados, y afirmó que, en tales circunstancias, «es indudable que el autor puede seguir representando (esos personajes) en sus obras, siempre que no estemos ante una reproducción puramente mimética o idéntica de aquello que aparece en el dibujo». 

La sentencia del Supremo explica que Urmeneta es el creador de unos dibujos que forman parte de lo que se ha denominado Universo Kukuxumusu y que, entre 1994 y 2015, él y un grupo de dibujantes de la firma cedieron los derechos de propiedad intelectual sobre unos dibujos, más de 3.000, que representan animales con gestos, posturas y vestimenta humanos, que les dotan de personalidad.

En 2016, Urmeneta comenzó otra iniciativa empresarial bajo la marca Katuki Saguyaki, junto con el resto de dibujantes demandados, que hizo uso de dibujos cuyos derechos de propiedad intelectual habían sido cedidos a Kukuxumusu. 

La Sala, a los efectos de determinar el alcance de la cesión, distingue entre los dibujos (que sí fueron objeto de cesión) y los personajes (que no lo fueron).

Así, la sentencia establece que Urmeneta puede crear otros posibles dibujos de esos mismos personajes, siempre y cuando sean lo suficientemente distintos como para no poder ser considerados un plagio de alguno de los dibujos cedidos.

En cuanto al derecho de transformación de los dibujos cedidos, en la medida que se ciñe a su animación y adaptación a obras audiovisuales, la resolución fija que cese esa actividad concreta siempre que afecte a los dibujos cedidos.

En cualquier caso, el Supremo constata que «el margen que resta a los autores de los dibujos para realizar nuevos dibujos de esos personajes de Kukuxumusu es reducido, en cuanto que los nuevos dibujos deben ser tan distintos que no puedan considerarse un plagio de los que habían sido objeto de cesión, para no infringir el derecho de reproducción de la Ley de Propiedad Intelectual».

Además, «tampoco pueden realizar una animación o adaptación a obras audiovisuales de los dibujos cedidos, en la medida en que el derecho a realizar esta forma de transformación también fue cedida».