El exalcalde de Bakio Txomin Renteria, condenado a dos años y medio por falsificación y fraude
El exalcalde jeltzale de Bakio Txomin Renteria ha sido condenado a dos años y medio de prisión por los delitos de falsificación de documento público y por fraude a la Administración en el frustrado proyecto de la talasoterapia.
La Audiencia Provincial de Bizkaia ha condenado al exalcalde de Bakio Txomin Renteria (PNV) a dos años y medio de prisión por los delitos de falsificación de documento público y fraude a la administración.
El tribunal condena a Renteria a un año y seis meses de cárcel por falsificación de documento público siendo autoridad, y a un año de prisión por fraude a la administración, en ambos casos con la atenuante de dilación en la imputación, y le impone una multa de 1.800 euros y el abono de una indemnización de 140.000 euros al Ayuntamiento de Bakio en concepto de responsabilidad civil.
Renteria fue alcalde de Bakio entre 1995 y 2011 y fue juzgado entre enero y febrero por modificar las condiciones de adjudicación en 2007 del proyecto Talasoterapia Kiura, a la hora de plasmarlas en un contrato al año siguiente. El caso llegó a los tribunales tras la denuncia interpuesta en 2009 por un edil de Eusko Alkartasuna, a la que se adhirieron EAE-ANV y Aralar. Tanto la Fiscalía como la acusación particular, que ha ejercido EH Bildu y que actualmente dirige el Ayuntamiento de Bakio, formularon acusación por modificaciones en las condiciones de adjudicación de este proyecto.
Según recoge la sentencia, la corporación municipal de Bakio acordó, en el pleno de 28 de febrero de 2007, la adjudicación de la contratación de las obras de construcción del centro de talasoterapia y servicios anexos a la playa en el paseo marítimo, así como la explotación del servicio de talasoterapia durante catorce años, a la mercantil Talasoterapia Kiura SL.
El tribunal señala que este pliego de condiciones establecía, como contraprestación a la cesión del centro de talasoterapia, que el adjudicatario debería abonar al Ayuntamiento de Bakio el canon de cesión mensualmente a partir de adjudicación «por meses anticipados dentro de los primeros cinco días naturales de cada mes». En total, este canon ascendía a 120.000 euros anuales.
El fallo considera probado que Renteria, «con conocimiento del contenido de esa disposición, sabiendo que no podía ser discrepante con el contenido del contrato administrativo y con el propósito de beneficiar a la adjudicataria» Kiura, dio orden al secretario municipal para que el contrato administrativo del proyecto, fechado el 7 de abril de 2008, recogiera, sin embargo, que «el canon a favor del Ayuntamiento se devengará desde la fecha de firma del contrato» y que no se iniciaría «hasta el momento efectivo de la explotación» del centro.
Mientras tanto, según recuerda la resolución, el Consistorio abonaba a la Demarcación de Costas del Ministerio de Medio Ambiente el canon anual por la concesión de la ocupación de bienes de dominio público marítimo-terrestre para el acondicionamiento de las instalaciones de balneario en la playa de Bakio, que le había sido otorgada por un importe de 59.185 euros.
No cumplía los plazos y no pagaba el canon
La sentencia señala que, aunque la adjudicataria no cumplía los plazos de construcción y no pagaba el canon, Txomin Renteria no rescindió el contrato administrativo con Kiura, a pesar de que los grupos de la oposición le instaron a ello.
Finalmente, el contrato fue rescindido por el Gobierno municipal tras un acuerdo del pleno de junio de 2012, cuando el Ayuntamiento era gobernado por una nueva corporación también dirigida por el PNV aunque de la que ya no formaba parte Renteria. El Ayuntamiento reclamó a la mercantil, cuyo representante legal falleció hace tres años, 471.146 euros.