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Trapero, Puig y Soler recogen su procesamiento por «sedición» y «organización criminal»

La magistrada de la Audiencia Nacional española Carmen Lamela ha comunicado el procesamiento por «sedición» y «organización criminal» al ex jefe de los Mossos d'Esquadra Josep Lluis Trapero, al exdirector de este cuerpo policial Pere Soler y al ex secretario general de Interior de la Generalitat César Puig.

El entonces mayor de los Mossos, Josep Lluis Trapero, en una comparecencia en la Audiencia Nacional. (J. DANAE/ARGAZKI PRESS)

La cuarta procesada en la causa que investiga la juez por la actuación de los Mossos en los incidentes ocurridos en setiembre en Barcelona y la jornada del referéndum del 1 de octubre, la intendente Teresa Laplana, no ha acudido físicamente a la sede judicial  por motivos de salud pero ha comparecido por videoconferencia.

La titular del Juzgado Central de Instrucción número 3 les había citado a los cuatro a las 8.30 de este lunes para tomarles declaración indagatoria, es decir, para comunicarles personalmente los hechos por los que se les acusa, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

En concreto, la juez procesó a Trapero por dos delitos de sedición y uno de organización criminal, a Laplana por un único delito de sedición, y en el caso de Puig y Soler por delito de sedición y organización criminal.

El procedimiento apenas ha durado unos minutos y antes de las 9.00 ya estaban tanto Trapero como los ex jefes políticos de los Mossos fuera de las dependencias judiciales, dado que ni la juez instructora ni la Fiscalía les han formulado ninguna cuestión en relación con los hechos. Ni a la llegada ni a la salida han hecho declaraciones a los medios que les aguardaban en la puerta.

Auto de 37 páginas

Lamela les ha comunicado los hechos que incluye en su auto de 37 páginas del pasado 5 de abril, en el cual expuso que Trapero, Soler y Puig integraron «una organización jerarquizada con una confluencia estratégica perfectamente sincronizada de acuerdo con el plan de la organización criminal en cuya cúspide se encontraba el presidente de la Generalitat», Carles Puigdemont.

Esta estructura fue la que «en suma permitió la celebración del referéndum ilegal y la ulterior declaración de independencia aprobada por el Parlament el 27 de octubre», según el auto en el que Lamela relata que la actuación de los Mossos tanto en los incidentes del 20 y 21 de setiembre en Barcelona como en el 1-O fue la de «omitir con incumplimiento de sus obligaciones legales de actuar».

La magistrada considera probado que, lejos de actuar, se limitaron a aparentar la imposibilidad de tal cumplimiento cuando en realidad se trataba de una «abierta negativa a las reiteradas peticiones de auxilio que recibieron procedentes de la Guardia Civil», con el objetivo de proteger a la comisión judicial que se encontraba en el interior y que estaba efectuando los registros.

En el caso de la jornada del referéndum, Lamela opina que la actuación de los procesados no sólo se limitó a no dar cumplimiento a la actuación judicial que había prohibido la celebración de la consulta, sino que fue más allá, «propiciando que sus planes de actuación fueran conocidos de antemano por los ocupantes de los colegios».