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Imponen a Telefónica una multa de 8,5 millones por prácticas anticompetitivas

La Comisión Nacional española de los Mercados y la Competencia (CNMC), a raíz de una denuncia de Euskaltel, ha sancionado con 8,5 millones de euros a Telefónica al considerar que incumplió las obligaciones regulatorias que tiene establecidas como operador con poder significativo de mercado cuando presentó una oferta «irreplicable» para sus competidores en un concurso convocado por Lakua en 2015.


El caso se remonta a 2015, cuando Telefónica se presentó a un concurso convocado por el Gobierno de Lakua y logró, ya en enero de 2016, parte del contrato para la prestación de servicios de telecomunicaciones para diversos edificios de la administración autonómica, según ha informado la CNMC.

Antes de la adjudicación, Euskaltel denunció ante Competencia que la oferta económica presentada por Telefónica no era replicable por un hipotético operador de empresas atendiendo principalmente a las condiciones reguladas de los servicios mayoristas que los operadores contratan a Telefónica.

Tras analizar los datos, la CNMC ha concluido que la oferta económica de Telefónica para parte de ese concurso no es replicable por un operador eficiente y generalista con red propia desplegada como Euskaltel, es decir, que ese operador obtendría una rentabilidad negativa al prestar los servicios incluidos en la oferta de Telefónica mediante el uso de las ofertas mayoristas disponibles en el mercado.

«Irreplicabilidad económica»

Por tanto, Telefónica incurrió, según la CNMC, en lo que se denomina: una práctica de «irreplicabilidad económica», que está prohibida por las Resoluciones de los mercados mayoristas de banda ancha y de líneas alquiladas terminales.

De acuerdo con las obligaciones impuestas a Telefónica derivadas de su posición como operador con poder significativo de mercado, la compañía tiene prohibido llevar a cabo prácticas anticompetitivas, como reducciones de precios contrarias a la regulación sectorial.

Telefónica ha anunciado su intención de recurrir la sanción porque entiende que la resolución es «ilegal» e «injusta» y era «impredecible» a la luz de las circunstancias concretas del concurso analizado.

En su comunicado, la propia CNMC ha recordado que Telefónica podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.