La Abogacía del Estado recomienda no recurrir la sentencia que amparó a Otegi y sus compañeros
La Abogacía del Estado desaconseja, en un informe que ya obra en poder del Gobierno español, recurrir ante la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) la sentencia por la que este órgano de garantías determinó que la Audiencia Nacional había vulnerado los derechos fundamentales de Arnaldo Otegi, Rafa Díez, Miren Zabaleta, Arkaitz Rodríguez y Sonia Jacinto en el juicio por el caso ‘Bateragune’.
El informe de la Abogacía del Estado fundamenta su recomendación en que, estudiados los requisitos técnicos, es «prácticamente seguro» que la Gran Sala del TEDH inadmitirá el recurso y añade, que, aunque, este se acabara tramitando es muy difícil que los argumentos contra la sentencia prosperen.
En el informe se recuerda que existe una jurisprudencia clara sobre los requisitos que son necesarios para que un asunto deba dilucidarse ante la Gran Sala, que no se cumplen en este caso.
Se alude también al artículo 43 del propio Convenio de Derechos Humanos, que califica de «excepcionales» los recursos ante esta instancia superior, que no debe entenderse en ningún caso como un tribunal de apelación para revisar las sentencias de las diferentes salas de la Corte de Estrasburgo.
La Abogacía esgrime también que el Estado español solo ha acudido ante la Gran Sala cuando se daban los requisitos formales para que la petición pudiera prosperar, por lo que abusar de esta posibilidad sin prácticamente argumentos contribuiría a «disminuir su credibilidad» ante el propio órgano europeo de garantías.
En su sentencia, dada a conocer el pasado 6 de noviembre, el TEDH sentenció que Arnaldo Otegi, Rafa Díez, Miren Zabaleta, Arkaitz Rodríguez y Sonia Jacinto no tuvieron un juicio justo.
El Gobierno español todavía no ha decidido si seguirá los criterios de la Abogacía, según Europa Press.