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Aprobado el proyecto de la Ordenanza reguladora de los Centros Comunitarios de Iruñea

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Iruñea ha aprobado el proyecto de Ordenanza reguladora de uso y funcionamiento de los Centros Comunitarios que completa contenidos para adaptarse a las nuevas necesidades de las personas y entidades usuarias y presenta criterios homogéneos para su uso y acceso.

Imagen de Plazara, uno de los centros comunitarios de Iruñea.

Además, simplifica el nombre de los espacios, anteriormente llamados Centros Comunitarios de Iniciativa Social (CCIS) y regula las actividades que se realizan en ellos y su marcha diaria. Así se actualiza un texto de 1998 para adecuarlo a la evolución de estos recursos municipales tanto en su utilización como en el número y ubicación, ya que se recogían algunos que ya no existen y quedaban fuera los de nueva creación.


El objeto de la norma es establecer un modelo de gestión y cesión homogéneo, regulado y transparente, para todos los grupos y asociaciones que utilizan estos espacios como centros de encuentro social.

Los Centros Comunitarios son bienes de titularidad municipal repartidos por diez barrios de Iruñea, destinados a dar promoción a la vida asociativa y fomentar la participación activa de la ciudadanía. Son locales que en cada barrio, tendrán un uso vecinal, abiertos, polivalentes e integradores. En ellos, las entidades, los vecinos y vecinas podrán organizar actividades de su interés dando vida comunitaria a las zonas en las que residen. En estos momentos suman 17 espacios, según publicación de BON de 15 de noviembre de 2018 a los que se sumarán otros posibles.

Promover el desarrollo comunitario
Los fines de la ordenanza son regular el uso y funcionamiento de los Centros Comunitarios entre Ayuntamiento y entidades vecinales; impulsar iniciativas y espacios que promuevan el desarrollo comunitario de los barrios de la ciudad y la participación real de población de todas las edades; fortalecer la autonomía de la ciudadanía promoviendo su implicación y arraigo en el barrio; generar redes asociativas y fortalecer la colaboración entre distintas entidades socioculturales, y coordinar iniciativas socio-culturales en barrios promovidas desde otras áreas municipales u otras entidades.

Cada Centro Comunitario (que podrá incluir más de un local) tendrá su propio convenio regulador en el que se formalizarán las condiciones de uso y funcionamiento particulares. Esta firma se realizará por parte de Ayuntamiento de Iruñea y todas las entidades que realizan un uso estable del Centro Comunitario. Podrán incorporarse en cualquier momento nuevas entidades a dicho convenio, así como darse de baja del mismo las que dejen de participar en ellos.

Podrán acceder a la utilización y a la gestión de los centros comunitarios, los colectivos, entidades y asociaciones sin ánimo de lucro formalmente constituidas, así como grupos informales. Todos ellos deberán cursar solicitud al Ayuntamiento y tras la concesión se firmará un convenio que regulará expresamente las condiciones de cada centro en su barrio. El uso podrá ser tanto estable como ocasional.

Para actividades vecinales
Las actividades que se realicen en los Centros tendrán carácter abierto y sin ánimo de lucro y podrán ser de tipo vecinal, educativo, formativo, cultural, de ocio y tiempo libre y sobre todo, que promuevan el encuentro entre las personas y colectivos de la zona o barrio en la que se ubican. Se señala como de especial interés las actividades de carácter intergeneracional, intercultural, con perspectiva de género  y de carácter  inclusivo.

Los criterios establecidos en la ordenanza, de mayor a menor importancia, para la concesión de espacios son que la actividad provenga de una iniciativa popular o tenga interés vecinal y sea abierta y con un gran impacto social; las necesidades y naturaleza de la persona o entidad solicitante; la adecuación del espacio a la actividad y la capacidad de la sala; que guarde proporcionalidad en la diversidad de las actividades, y la compatibilidad y complementariedad con otras actividades.

Espacios compartidos sin uso exclusivo de 8 a 22 horas
Los espacios serán compartidos sin que ninguno sea considerado de uso exclusivo de la entidad o persona que lo utiliza, evitando condicionar su uso a la realización de una única actividad. Sí se crearán zonas especiales para almacenaje. El horario general de los Centros Comunitarios será de 8 a 22 horas de lunes a domingo, pudiendo adaptarse a situaciones extraordinarias. Cada Centro ajustará su horario en función de su programación dentro de esta franja horaria.

Los colectivos y personas usuarias se comprometen a hacer un buen uso de las instalaciones y materiales, responsabilizándose del posible deterioro, y comportarse con corrección sin molestar al resto. Además, mantendrán limpios y ordenados los espacios y materiales que utilicen, cumplirán las normas de funcionamiento establecidas en la ordenanza y por la Comisión de Gestión y comunicarán al Ayuntamiento las anomalías detectadas.

El Centro Comunitario dispondrá de soportes para divulgar las actividades, no pudiéndose utilizar puertas, paredes y otros espacios que puedan deteriorarse. Además, se elaborarán los sistemas oportunos para la divulgación conjunta de las actividades del centro. Toda la documentación, publicidad, imágenes y materiales emplearán un lenguaje inclusivo y evitarán cualquier imagen o mensaje discriminatorio. Queda expresamente prohibida la difusión de textos con contenidos racistas, discriminatorios o que atenten contra la intimidad y honor de las personas, así como los destinados a publicidad de entidades con ánimo de lucro.

La comisión de gestión es quien recibirá las solicitudes, dará el visto bueno y organizará el calendario y espacio a ceder. Estas funciones de programación y de uso de espacios podrán realizarse por parte de los colectivos usuarios (previamente incluidos como participantes del centro) y/o Ayuntamiento de Iruñea.

Cada Centro Comunitario se dotará de un Reglamento de Régimen Interno, teniendo en cuenta las características de cada espacio, en el que regulará el uso y buen funcionamiento de las instalaciones así como las faltas y sanciones en caso de incumplimiento. Periódicamente, el reglamento será actualizado para adecuarse a las nuevas circunstancias a las que haya que dar cobertura legal.

De manera conjunta, Ayuntamiento de Iruñea y colectivos se juntaran cuatrimestralmente para realizar un seguimiento de las necesidades del centro, interpretar contenidos que pudieran requerir una interpretación extraordinaria de la ordenanza y para divulgar el uso y acceso a los Centros Comunitarios.

La Comisión de Gestión estará integrada por un número igual de representantes por parte del Ayuntamiento que de colectivos usuarios firmantes del convenio. Además, podrá participar una persona representante del Servicio Municipal de Acción Preventiva Comunitaria de la zona, con voz, pero sin voto.

El Ayuntamiento en exclusiva se hará cargo de la conservación de los Centros Comunitarios, así como del alta y mantenimiento de los suministros básicos. Los consumos los pagará el Consistorio, siempre que sean consumos responsables. Las entidades y personas usuarias de los locales no podrán realizar obras o reformas en los centros.