INFO

El TS fija para el 21 de junio una vista para deliberar los recursos a la sentencia de La Manada

La Sala II del Tribunal Supremo ha fijado para el próximo 21 de junio una vista pública para deliberar los recursos de casación presentados contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Nafarroa, de noviembre de 2018, que confirmó las condenas de 9 años de prisión para los cinco miembros de ‘La Manada’.

Antonio Manuel Guerrero, el guardia civil de ‘La Manada’, sale de la Audiencia tras una de las sesiones del juicio. (Iñigo URIZ/FOKU)

El Tribunal Supremo ha fijado para el próximo 21 de junio una vista pública para deliberar los recursos de presentados contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Nafarroa que confirmó las condenas de nueve años de cárcel para los cinco miembro de ‘La Manada’ por un delito de «abuso sexual con prevalimiento» en los sanfermines de 2016.

La sentencia fue recurrida tanto por la Fiscalía, la víctima, los cinco condenados y las acusaciones populares en nombre de la Comunidad foral y del Ayuntamiento de Iruñea.

El tribunal que examinará el caso estará presidido por el magistrado Andrés Martínez Arrieta, e integrado además por Francisco Monterde, Ana Ferrer, Vicente Magro y Susana Polo, ésta última como ponente.

En su recurso, la Fiscalía pide que cada uno de los cinco miembros de La Manada sean condenados a 18 años de prisión por delitos de «agresión sexual» y argumenta que «no es admisible forzar el derecho hasta extremos de exigir de las víctimas actitudes heroicas que inexorablemente las conducirán a sufrir males mayores». A juicio del Ministerio Público los hechos descritos en la sentencia no corresponden con un «abuso sexual con prevalimiento», como determinó la Audiencia y confirmó el TSJ, sino con una «intimidación grave».

La acusación particular, ejercida por la víctima, pide también aumentar las penas de los condenados al estimar que cometieron «agresión sexual», y solicita que además se condene a dos de los acusados por el robo del teléfono de la joven.

Se da la circunstancia de que una sentencia del Tribunal Supremo del mes pasado califica como «agresión sexual» y no como «abuso» el delito de un hombre que violó a una mujer en el baño de un bar de Altsasu, con lo que elevó de cuatro a seis años de cárcel la pena que le había impuesto el TSJ navarro.

Las acusaciones populares, en nombre de la Comunidad foral de Nafarroa y del Ayuntamiento de Irulea, también han recurrido la sentencia de La Manada al no compartir que se califiquen los hechos como «abuso sexual».

Por su parte el abogado de cuatro de los acusados, Agustín Martínez Becerra, mostró el pasado mes de diciembre su desacuerdo con la confirmación de las condenas por abusos sexuales y adelantó que recurriría la sentencia del TSj ante el Supremo para que el Alto Tribunal dicte un fallo que determine que hubo «relaciones consentidas».