INFO

Madrid obligará a guardar una cuarentena de catorce días a los viajeros internacionales

Los viajeros que lleguen al Estado español deberán guardar cuarentena los catorce días, según una Orden del Ministerio de Sanidad publicada este martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Aeropuerto de Loiu. (Monika DEL VALLE/FOKU).

Los viajeros que lleguen al Estado español deberán guardar cuarentena los catorce días, según una Orden del Ministerio de Sanidad publicada este martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que será efectiva a partir del próximo viernes, 15 de mayo, y que estará vigente durante el estado de alarma y sus posibles prórrogas.

Esta medida se ha venido aplicando a las autorizaciones excepcionales otorgadas para el regreso de ciudadanos residentes en otros países y para los procedentes de Italia. Ahora se hará con todo viajero internacional, aunque habrá excepciones.

Según argumenta Madrid en esta Orden, «la favorable evolución de la situación epidemiológica» y el inicio de la desescalada «hacen preciso reforzar las medidas de control, de tal forma que teniendo presente la distribución mundial del virus y en base al principio de precaución, se considera necesario aplicar a las personas que procedan del extranjero la necesidad de realizar una cuarentena durante catorce días».

Durante este periodo de cuarentena, los viajeros deberán permanecer en su domicilio o alojamiento, debiendo limitar sus desplazamientos a la adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad; asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; y otros desplazamientos por motivos de fuerza mayor o situación de necesidad. En todos ellos será obligatorio el uso de mascarilla.

De igual manera, la orden establece que se deberán observar todas las medidas de higiene y prevención de la transmisión de la enfermedad provocada por el coronavirus, en especial a lo que se refiere a contacto con convivientes.

Las autoridades sanitarias podrán contactar con las personas en cuarentena para realizar su seguimiento. En todo caso, ante la aparición de síntomas como fiebre, tos, dificultad respiratoria, malestar general u otros síntomas de caso sospechoso de Covid-19, las personas en cuarentena deberán contactar por teléfono con los servicios sanitarios mediante los números habilitados por las comunidades autónomas, indicando que se encuentran en cuarentena por proceder del extranjero.

De todas estas medidas quedan exceptuados los trabajadores transfronterizos, transportistas y las tripulaciones, así como los profesionales sanitarios que se dirijan a ejercer su actividad laboral, siempre que no hayan estado en contacto con personas diagnosticadas de Covid-19.