Condenan a CAF a una indemnización por asbestosis tras la congelación de los pulmones
La congelación de los pulmones de un trabajador de CAF fallecido ha sido determinante para demostrar el origen laboral de la asbestosis que padecía, por lo que el Juzgado de lo Social número 2 de Donostia ha condenado a la empresa ferroviaria a indemnizar a la familia.
El Juzgado de lo Social número 2 de Donostia ha condenado a CAF a indemnizar con 133.665,16 euros a la familia del trabajador que murió tras un doble trasplante pulmonar y cuyos órganos enfermos congelados permitieron demostrar el origen laboral de la asbestosis que padecía.
De esta resolución ha informado este lunes la Asociación de Víctimas del Amianto de Euskadi (Asviamie) en un comunicado, en el que ha explicado que el operario fallecido trabajó como calderero de 1973 a 1999 en las plantas de Irun y Beasain de Construcciones y Auxiliar de Ferrocarriles, donde estuvo expuesto al amianto.
En setiembre de 2017 y gracias al análisis de los pulmones congelados del trabajador, la familia obtuvo un nuevo informe médico del Hospital de Valdecilla de Santander, en sustitución del que emitió en 2006 y en el que se indicaba «la existencia de fibrosis de la pared bronquial extendida y fusionando bronquiolos adyacentes», así como el hallazgo de «cuerpos ferruginosos (de asbesto) en una cantidad que supera los dos por centímetros cuadrados de área examinada».
Un año después, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) declaró que su muerte era derivada de enfermedad profesional.
Asviamie ha afirmado que CAF alegó «con descaro» que la indemnización a la familia del fallecido debía reducirse a la mitad por «el fuerte hábito tabáquico del trabajador» y que, como también había trabajado en Calderería Oria, debía compartirse igualmente la responsabilidad.
El juzgado de lo social donostiarra considera ahora en su fallo que el TSJPV ya calificó la causa de la muerte como derivada de enfermedad profesional, condena a CAF a pagar una indemnización de 133.665,90 euros más el interés legal y absuelve a Calderería Oria por no estar acreditada allí la exposición del fallecido al amianto.
La asociación vasca de víctimas ha pedido por otro lado a Osakidetza que «no colabore en la ocultación del origen profesional de numerosas enfermedades respiratorias» y proceda a «comunicar las sospechas» de enfermedad de origen laboral a Osalan para que «pueda investigarlas».