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El Gobierno navarro indemnizará a las empresas de transporte escolar por el confinamiento

El Departamento de Educación ha anunciado que no recurrirá y ejecutará la sentencia que le condena a indemnizar a las empresas de transporte escolar por los servicios cancelados durante los meses del confinamiento por covid, a pesar de su convencimiento «absoluto» de que se actuó conforme a la ley.

El consejero Carlos Gimeno en un pleno del Parlamento navarro. (Iñigo URIZ | FOKU)

El consejero de Educación, Carlos Gimeno, que ha comparecido este martes en comisión parlamentaria a petición de Navarra Suma para informar sobre la sentencia relativa al transporte escolar, ha explicado que, una vez consultado el servicio de asesoría jurídica del Gobierno, «no se va a interponer recurso contra la misma y se ejecutará» una vez sea notificada en firme por el Tribunal Superior de Justicia de Nafarroa (TSJN).

Esto tendrá un coste estimado de 2,5 millones de euros en concepto de indemnización por los servicios cancelados durante los meses del confinamiento por el covid, entre marzo y junio de 2020, a los que habrá que descontar unos 200.000 euros por lo ya abonado a las empresas.

Gimeno ha expresado su «absoluto y total» convencimiento de que en esta materia su departamento «no ha hecho sino cumplir con la normativa aprobada por el Parlamento de Navarra».

«Causa de fuerza mayor»

El TSJN ha decidido estimar el recurso interpuesto por la Asociación Navarra de Empresarios del Transporte por carretera y logística (ANET) al entender que la declaración del estado de alarma y la suspensión de la actividad educativa presencial «deben calificarse como causa de fuerza mayor».

Por ello, considera que la Administración debe acatar el pliego de cláusulas de la contratación del servicio de transporte escolar con vehículos de más de 9 plazas, que recoge el derecho del contratista al abono del 50% del precio por cada día que se produzcan estas circunstancias.

Según ha explicado el consejero, esta cláusula no se aplicó al acogerse el departamento a la ley foral de medidas urgentes para hacer frente a la pandemia, que «determinó, entre otras medidas, la suspensión por motivos de interés público de los contratos de los servicios complementarios de transporte y comedor» desde el 16 de marzo hasta reanudar la actividad presencial.

La ley regulaba también los conceptos indemnizables en caso de contratos públicos cuya ejecución devenga total o parcialmente imposible como consecuencia de la situación creada, así como los requisitos para el reconocimiento del derecho a las indemnizaciones.

Siguiendo estos criterios, ha apuntado, se han tramitado las indemnizaciones correspondientes a las 27 empresas que lo han solicitado y justificado en 2020 y 2021 por un importe aproximado de 835.000 euros.