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EL TSJPV anula el traslado de 14 huelguistas de Novaltia a una fábrica cerrada

Los magistrados no observa razones para lo que ELA tilda de «destierro» a la planta vacía de Zaratamo, y consideran que el objetivo de la empresa era «perjudicar el legítimo ejercicio del constitucional y fundamental derecho de huelga».

Concentración de Novaltia ante los juzgados de Bilbo. (Monika Del Valle | FOKU)

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha publicado una sentencia en la que estima un recurso presentado por ELA contra la empresa Novaltia, después de que esta decidiera trasladar a su centro de Zaratamo –que estaba cerrado, sin actividad y sin plantilla desde 2019– a 14 trabajadores en huelga, con lo que «no quedaba garantizaba su ocupación efectiva una vez finalizara la huelga».

La sentencia concluye que no se observan razones para este traslado, más allá de «una voluntad empresarial de perjudicar el legítimo ejercicio del constitucional y fundamental derecho de huelga».

El TSJPV declara la nulidad también de la medida empresarial de modificación horaria de todo su personal, por vulnerar la negociación colectiva, «dado que la empresa negoció de manera individual con una parte de las personas trabajadoras (...) sin que pueda ser admisible un acuerdo individual con ninguna de ellas».

Al mismo tiempo, se desestima el recurso de la empresa «en relación al plus de productividad impuesto sin acudir al procedimiento legalmente establecido para ello».

ELA ha subrayado que «esta sentencia viene a contradecir el informe que la Inspección de Trabajo emitió antes del juicio, avalando la decisión de carácter colectivo impuesta por la empresa, incluido el destierro de 14 huelguistas a un centro de trabajo cerrado y sin actividad como era el de Zaratamo».

Para el sindicato la decisión judicial «reafirma a quienes siguen firmes en su lucha, soportando la huelga más larga de Europa –supera ya el millar de días–, por unos salarios y condiciones de trabajo dignas».