Cinco días para cuidados familiares y cuatro para casos «de fuerza mayor» en el Estado español
El Consejo de Ministros español ha aprobado este martes un anteproyecto de Ley de Familias que incluye medidas como cinco días remunerados para cuidado familiar o conviviente.
El anteproyecto de la ley de familias aprobado por el Consejo de Ministros este martes e impulsado por el Ministerio de Derechos Sociales recoge un conjunto de medidas de conciliación y de apoyo a los distintos tipos de familias.
La norma, que transpone la directiva europea de conciliación 2019 y modifica el Estatuto de los Trabajadores, amplía la protección social a las familias y el apoyo a la crianza, reconoce los distintos tipos de hogares que ya existen y contempla los derechos de menores.
Estas son las principales medidas, resumidas por la agencia Efe:
Medidas de conciliación:
- Cinco días remunerados para cuidado familiar o conviviente por «accidente, enfermedad grave, hospitalización o cirugía con cuidados en casa».
- Derecho a ausentarse hasta cuatro días por motivos familiares urgentes o «fuerza mayor», en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata.
- Permiso de ocho semanas para padres y madres para cuidado de los hijos que podrá disfrutarse de manera continua o no hasta que los menores tengan ocho años.
- Ampliación ayuda de crianza de 100 euros, incompatible con el ingreso mínimo vital de 100 euros al mes para familias vulnerables de niño hasta los tres años.
Derechos de los hogares:
- Serán numerosas también con beneficios fiscales y ayudas: familias monoparentales con dos hijos, con dos hijos encabezadas por una víctima de violencia de género o un cónyuge que haya obtenido la guarda y custodia exclusiva sin derecho a pensión de alimentos, así como las formadas por dos hijos y un ascendiente o descendiente con discapacidad y aquellas con dos hijos en la que un progenitor esté en tratamiento hospitalario durante un año o haya ingresado en prisión.
- Incluye como familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza «con categoría especial», las numerosas con cuatro hijos, con tres hijos en caso de parto múltiple y las familias con tres hijos y bajos ingresos (hasta el 150 % del IPREM).
- Registro estatal de parejas de hecho y al igual que los matrimonios tendrán 15 días cuando formalicen la inscripción y otros permisos de cuidados.
- Permisos y prestaciones en caso de acogimiento de menores o guarda con fines de adopción.
- Prohíbe el pin parental o que padres y tutores impidan el acceso a contenidos sobre diversidad familiar en los centros educativos.
- Derecho a la atención temprana de los menores y sus familias con servicios hasta los 6 años para paliar necesidades de los niños con trastornos de desarrollo.
- Marco estatal para acompañar en los primeros mil días de vida de los niños, con apoyos a mujeres para que no se vean obligadas a dejar sus trabajos.