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La pistola 9mm será parte de la dotación básica mínima de policías municipales en la CAV

La pistola semiautomática de 9mm parabellum será parte de la dotación básica mínima que se «deberá» proporcionar a la Policía Municipal, según se recoge en el «modelo de procedimiento» redactado por un grupo de trabajo y que el consejero de Seguridad dijo que sería elevado a decreto por su Gobierno.

El director de Coordinación de Seguridad, Aitor Lete, y el jefe de la Policía Municipal de Basauri, Asier Erkoreka. (Jaizki Fontaneda | Foku)

El denominado «grupo de trabajo de equipamientos» formado por algunos jefes de policías municipales y miembros del Departamento de Seguridad ha elaborado un ‘Modelo de Procedimiento de Dotación de Medios Técnicos y Defensivos y de Retirada de Armas para las Policías Locales de Euskadi’ cuyo objeto «es establecer y homogeneizar los medios técnicos y defensivos reglamentarios que se podrán, y en su caso, se deberán proporcionar como dotación mínima a las policías locales de Euskadi por parte de los respectivos ayuntamientos». Y entre esa dotación mínima está una pistola semiautomática de calibre 9mm parabellum.

El 8 de setiembre de 2022, después de que GARA y NAIZ desvelaran ese mismo día que un grupo de trabajo de la Comisión de Coordinación de Policías Locales del País Vasco está trabajando para poner las bases de un decreto que obligaría a patrullar con pistola a todos los municipales, el consejero de Seguridad, Josu Erkoreka, reconoció en una entrevista radiofónica la existencia de ese debate –que anteriormente había negado en una respuesta al Parlamento– y añadió que el Gobierno autonómico «llevará a un decreto lo que se proponga y plantee allí». La aprobación de ese decreto está prevista para este 2023.

Además de la pistola semiautomática de calibre 9mm parabellum con una capacidad de carga de al menos 13 disparos y su funda, la dotación básica mínima que se les deberá ofrecer a los policías municipales es de chalecos de protección antibalas, anticorte y antipunzón, grilletes (esposas) y su funda, defensas (porras) rígida o extensible, guantes anticortes y silbato.

El documento donde se recogen todas estas especificaciones ha sido recientemente remitido al Parlamento a petición del representante de EH Bildu Julen Arzuaga, que ha sido quien ha hecho un seguimiento de esta materia y quien en su momento dio las primeras informaciones sobre el debate abierto y del que se estaba dando cuenta a la Comisión de Coordinación de Policías Locales.

Este lunes han comparecido en la Cámara el director de Coordinación de Seguridad, Aitor Lete, y el jefe de la Policía Municipal de Basauri y hasta hace poco presidente de la Asociación de Jefas y Jefes de Policía Local de Euskadi, EUBE/AJEPLE, Asier Erkoreka. Lete ha informado de la legislación existente en la materia y ha explicado que los grupos de trabajo, como el que ha redactado este documento, no son de la Comisión de Coordinación sino fruto de acuerdo entre Eudel y el Departamento de Seguridad. Asier Erkoreka ha ofrecido datos técnicos sobre el protocolo.

Arzuaga: «Falta de transparencia y participación»

Julen Arzuaga ha denunciado la falta de transparencia y participación en el que se ha dado todo el proceso de elaboración de este documento. Ha subrayado que EH Bildu cuenta con la alcaldía en numerosos municipios y que pidió poder participar de los debates de ese grupo de trabajo. Se les dijo que lo pidieran formalmente pero cuando lo hicieron su solicitud quedó sin respuesta y los trabajos del grupo ya han finalizado.

Pese a sus numerosas alcaldías, EH Bildu ha sido excluida de este grupo de trabajo pese a pedir expresamente participar

Arzuaga ha recordado que desde el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco se está obligando a ayuntamientos como Eibar y Tolosa a dotar de armas de fuego a sus agentes municipales y ha expuesto que, según informes de los que disponen, esta no es la única interpretación que se puede hacer de la ley. El parlamentario de EH Bildu ha señalado que debe defenderse al autonomía municipal y ha echado de menos que el informe no recoja cuáles son los principios que deben regir para decidir si se dota o no de armas de fuego a los guardias locales.

Según los datos ofrecidos por el director de Coordinación de Seguridad, Aitor Lete, 5 de cada 6 policías municipales portan armas de fuego en la actualidad en ayuntamientos que agrupan al 80% de la población de la CAV.

Desde Elkarrekin Podemos-IU, Gustavo Angulo también ha criticado la falta de transparencia en esta materia y ha cuestionado que todos los policías municipales deban portar armas. Un punto que no ha puesto en duda ningún otro grupo. Luis Ignacio Gordillo, de PP+Cs, sí que ha llamado la atención sobre el hecho de que se recomiende un mínimo de una práctica anual de reciclaje de tiro a los agentes locales, cuando la Ertzaintza no lo hace.

Uso de las armas

Los agentes de la Policía Municipal solo podrán portar el arma mientras estén de servicio y no fuera de él, «salvo autorización expresa de la Jefatura de la Policía local, que en todo caso será excepcional y deberá estar motivada por razones de seguridad». También se especifica que «durante el servicio no se podrá portar ni utilizar armas de propiedad particular».

El documento recoge que «no deberán utilizar las armas salvo que exista un riesgo racionalmente grave para su vida o integridad física o las de terceras personas, o en aquellas circunstancias en que concurra un grave riesgo para la seguridad ciudadana, y de conformidad con los principios de adecuación, necesidad y proporcionalidad».

Y añade que «el uso de armas de fuego se considerará como medida extrema, no debiendo emplearse salvo que se les ofrezca resistencia armada o se ponga en peligro de algún otro modo su vida o la de terceras personas, y no pueda detenerse o reducirse al agresor o agresora mediante otro tipo de medidas».

El procedimiento acordado asegura que «en ningún caso estará permitido el uso intimidatorio del arma de fuego mediante la realización de disparos al aire, para proceder a la detención de una persona que emprende la huida».

El documento también contempla la retirada del arma en casos de sanciones disciplinarias, por riesgo grave de transtorno de conducta (y se detallan varios de ellos) o por incapacidad temporal superior a 90 días, además de en situaciones administrativas distintas del servicio activo, jubilación o pérdida de la condición de funcionario.