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El TC español avala el impuesto a las grandes fortunas al rechazar el recurso de Ayuso

El Tribunal Constitucional español ha avalado el impuesto a las grandes fortunas, que grava el patrimonio neto de las personas físicas de cuantía superior a los tres millones de euros, al rechazar el recurso presentado por el Gobierno de la Comunidad de Madrid presidido Isabel Díaz-Ayuso.

Ayuso ha visto rechazado su recurso contra el impuesto a las grandes fortunas. (Jesús HELLÍN | Europa Press)

El recurso presentado por el Gobierno de Isabel Díaz-Ayuso contra el impuesto a las grandes fortunas ha sido rechazado por el TC español, que lo ha avalado. Una decisión que coincide con los pasos dados por las diputaciones de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa para empezar a definir ese gravamen también en sus ámbitos.

Fuentes del citado tribunal han indicado a Europa Press que la mayoría progresista del Pleno ha aprobado por siete votos contra cuatro la ponencia redactada por la magistrada del ala progresista María Luisa Balaguer.

La ponencia sostiene que la creación de dicho impuesto no supone una invasión por parte del Estado de las competencias autonómicas en materia fiscal. De hecho, subraya que las facultades autonómicas no pueden interpretarse hasta el punto de neutralizar las estatales.

El Ejecutivo de Díaz-Ayuso defendía en su impugnación que el nuevo tributo podría vulnerar, entre otros, los principios de seguridad jurídica, capacidad económica y no confiscatoriedad, así como la autonomía política y financiera de las comunidades autónomas. El Constitucional ha desestimado los argumentos de Madrid al considerar que no hubo fraude en la tramitación parlamentaria ni ninguna de las vulneraciones alegadas.

Otros territorios pendientes

Además de Madrid, han impugnado este nuevo impuesto los gobiernos de Andalucía, Galiza y Murcia. Tanto el Ejecutivo madrileño como la Junta pidieron que se suspendiera cautelarmente la aplicación del tributo, pero el Constitucional lo denegó.

La decisión adoptada este miércoles por el TC tiene lugar diez meses después de que el Senado español aprobase el impuesto. La medida fue incluida vía enmienda en el Congreso por PSOE y Unidas Podemos en la proposición de ley para introducir nuevos gravámenes temporales a empresas energéticas y banca.

La iniciativa contó con el respaldo de 139 senadores, 107 votos en contra y 12 abstenciones. El impuesto avalado por el Constitucional es del 1,7% para los patrimonios de entre 3 y 5,3 millones de euros; del 2,1% para los patrimonios de entre 5,3 y 10,6 millones; y del 3,5% para aquellos patrimonios superiores a 10,6 millones de euros.