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Doce años de cárcel para un hombre por maltratar y agredir sexualmente a su hija menor de edad

La Sección Primera de la Audiencia de Nafarroa ha condenado a un hombre a doce años de cárcel por maltratar y agredir sexualmente de forma continuada a su hija, menor de edad, en Lizarraldea. Además, le ha impuesto una prohibición de acercamiento y comunicación con la víctima durante 12 años.

Imagen de la sede del TSJN. (Iñigo URIZ | FOKU)

La Sección Primera de la Audiencia de Nafarroa ha condenado a 12 años de prisión a un hombre que agredió sexualmente de forma continuada a una de sus hijas, desde que tenía 13 años y hasta los 17, y a la que también maltrató habitualmente.

La sentencia, que ha sido recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Nafarroa, condena al procesado, actualmente de 40 años, a 9 años por un delito continuado de agresión sexual, 1 año y 9 meses por un delito de violencia habitual y 7 meses y 15 días por cada uno de los dos delitos de violencia física familiar.

Además, le ha impuesto una prohibición de acercamiento y comunicación con la víctima durante 12 años, así como una medida de libertad vigilada por un tiempo de 6 años, a cumplir con posterioridad a la pena privativa de libertad. La hija renunció en su día a reclamar indemnización alguna.

La víctima convivía con sus padres y hermanas en una localidad de Lizarraldea y, desde 2011, cuando la niña tenía 6 años, hasta 2015, cuando tenía 10, según recoge la sentencia, el padre se relacionaba con su hija «con conductas agresivas y violentas, física y verbalmente, de forma reiterada». «Con la intención de menoscabar su integridad física, le daba empujones, bofetadas, patadas, cuando el comportamiento de la menor no era acorde con lo que quería su padre», recoge.

Estos comportamientos cesaron por un tiempo, pero se recrudecieron cuando cumplió 13. La insultaba, vejaba y controlaba. «Con ánimo de satisfacer su deseo sexual», comenzó a realizarle tocamientos empleando la fuerza que, según se apunta, se repetían con frecuencia casi diaria, cuando la madre no se encontraba en el domicilio familiar.

Ante el temor de que su padre comenzara a tener relaciones sexuales con ella, el 15 de junio de 2022 se fue a otra ciudad. La joven, que tenía una relación de pareja con un chico, decidió no volver a su casa y formular la denuncia correspondiente, lo que supuso que su familia rompiera relaciones con ella. Fue acogida por los Servicios Sociales e ingresó en un centro de acogida.

La sentencia considera probado que el inculpado ha causado en su hija, desde que tenía 6 años, «un daño físico y psicológico enorme, sometiéndola a una convivencia familiar basada en la dominación, temor, la violencia física y sicológica, la humillación». La víctima se encuentra en tratamiento psicológico y psiquiátrico, y presenta incomodidad respecto del sexo, malestar emocional y ansiedad con diversas crisis. Padece trastorno mixto ansioso-depresivo.

En el juicio, la fiscalía solicitó un total de 12 años y 6 meses de prisión, mientras que la acusación particular pidió 12 años y 11 meses. La defensa, por su parte, reclamó la absolución.

Para los magistrados, el testimonio de la joven constituye «prueba de cargo suficiente para tener por desvirtuado el derecho a la presunción de inocencia del acusado, al reunir ese conjunto de elementos que le hacen gozar de dicha naturaleza».

Descartan motivaciones espurias en la interposición de la denuncia y no advierten ánimo de venganza, sino la sola voluntad manifestada de que los hechos fueran enjuiciados y proteger a sus hermanas.

«Tampoco se aprecia una exageración de los hechos, pues reconoce aspectos fundamentales que atenuarían la entidad, como la negación de acceso carnal en los abusos. No hay indicios de intencionalidad de perjudicar al acusado», concluyen los jueces, que resaltan que renunció a cualquier indemnización.