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Ratificada una sentencia que condena a la UPV/EHU por discriminación salarial

El Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia del TSJPV que condenaba a la UPV/EHU por discriminación salarial del profesorado investigador contratado mediante becas públicas que recibía un salario anual 7.000 euros inferior al personal contratado directamente, según ha dado a conocer ELA.

Instalaciones de la UPV/EHU en el campus de Leioa. (Luis JAUREGIALTZO | FOKU)

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo español ha ratificado la sentencia dictada por el TSJPV que condenaba a la UPV/EHU por discriminación salarial del profesorado investigador contratado mediante becas públicas que percibía un salario anual 7.000 euros inferior al personal contratado directamente, según ha anunciado ELA.

Este sindicato denunció en los tribunales la «discriminación salarial» que sufrían los colectivos de personal docente/investigador postdoctorales contratados con las ayudas públicas del Gobierno de Lakua y de los programas estatales Ramón y Cajal y Juan de la Cierva.

ELA consideraba que todos los doctores investigadores tanto contratados directamente por la UPV/EHU como los que han sido contratados mediante una ayuda pública debían percibir el mismo salario, «puesto que realizan semejantes labores». Sin embargo, recuerda en una nota, «los sueldos contratados mediante becas tenían un sueldo de 28.000 euros anuales, mientras que los investigadores contratados directamente por la universidad percibían 35.000 euros».

Ahora, según el sindicato, el Tribunal Supremo reconoce «una vulneración del derecho a la igualdad retributiva» y exige «igualdad de trato y no discriminación».

ELA explica que la resolución judicial afecta a 75 personas que fueron contratadas con ayudas públicas del programa postdoctoral de perfeccionamiento de personal investigador doctor (curso 2019-2020) financiado por el Gobierno de Lakua y por los programas estatales Ramón y Cajal y Juan de la Cierva, y «da pie a reclamar las diferencias salariales».

Aclara que «por desgracia», esta sentencia no se puede aplicar al personal investigador contratado mediante estos programas posteriores al año 2022, «porque tras la sentencia del TSJPV, la UPV/EHU, con la aprobación y firma de los sindicatos LAB, Steilas y CCOO, modificó el convenio para tasar el salario de este colectivo, y rebajó el sueldo anual en 3.800, menos de lo que reconocía la propia sentencia».