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Nafarroa prohibirá los plásticos de un solo uso en eventos públicos de la Administración

Para eventos públicos promovidos por la administración como pueden ser los sanfermines, el resto de fiestas populares, carreras o conciertos, el Gobierno de Nafarroa prohibirá los plásticos de un solo uso, de acuerdo con el Decreto Foral de Eventos Públicos y Sostenibilidad.

Restos de una noche sanferminera en la plaza del Castillo. (Eduardo SANZ | EUROPA PRESS)

El Gobierno de Nafarroa ha aprobado en su sesión de este miércoles un Decreto Foral de Eventos Públicos y Sostenibilidad, elaborado por el departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, para prevenir la generación de residuos y mejorar su gestión y la sostenibilidad ambiental en los eventos públicos. El decreto cierra la puerta a los plásticos de un solo uso en los eventos públicos promovidos por la Administración.

El Decreto Foral será de aplicación para todos los eventos que se celebren en Nafarroa que estén patrocinados, organizados y subvencionados por las administraciones públicas y para aquellos que requieran licencia o autorización especial o autorización administrativa expresa, de conformidad con lo previsto en la Ley Foral reguladora de espectáculos públicos y actividades recreativas, o normativa que le sustituya.

Por otro lado, no será de aplicación a los eventos públicos que tengan lugar de modo habitual en locales que cuenten con la correspondiente licencia de actividad clasificada, es decir, a aquellos en los que se realice su actividad ordinaria. Por ejemplo, no sería de aplicación a un partido de fútbol en el estadio de El Sadar, pero sí a un concierto que pudiera celebrarse en ese mismo lugar.

El plan cuenta con 12 meses de margen hasta su entrada en vigor en los que se irá concienciando a los organizadores de eventos. El decreto ha sido trabajado con el Ayuntamiento de Iruñea, entre otros, para estudiar la aplicación en las fiestas de San Fermín, que requerirán medidas propias.

Medidas de obligado cumplimiento

Existen ciertas medidas de obligado cumplimiento como las de prevención. No se permitirá el uso y/o entrega de los productos de plástico de un solo uso, entre otros, cubiertos (tenedores, cuchillos, cucharas, palillos), platos, pajitas, agitadores de bebidas, recipientes para alimentos y para bebidas, y vasos para bebidas, hechos de poliestireno expandido.

Tampoco se permitirá el uso de productos envasados en monodosis o cápsulas de un solo uso, como monodosis no reciclables: bolsas de té, capas de cera que envuelven el queso, bolsas de papel de aluminio para café y monodosis de café en papel filtro para máquinas de bebidas, que se eliminan con el café usado. Tampoco las cápsulas de un solo uso no reciclables, como las cápsulas de café que se eliminan con el café usado.

Además, se establece una serie de medidas específicas de prevención, en este caso, solo para los eventos públicos patrocinados, organizados o subvencionados por las administraciones públicas, a modo de labor ejemplarizante.

En concreto, no se permitirán envases de un solo uso para la distribución gratuita de bebidas, incluida el agua, ni se permitirá la venta y distribución de vasos de un solo uso para bebidas. Se deberán implantar alternativas a los envases de un solo uso tanto para la distribución, como para la venta.

Asimismo, en los servicios de hostelería o puntos de alimentación de los eventos se deberá ofrecer la posibilidad de beber agua del grifo en vasos o botellas reutilizables, de forma gratuita y complementaria a la oferta del establecimiento.

Tampoco se permitirá el uso de recipientes de plástico de un solo uso para alimentos, excepto aquellos que estén constituidos por material biodegradable o compostable, y la vajilla que se utilice en actos gastronómicos de eventos públicos, como comidas populares u otros, deberá ser reutilizable.

Entre las medidas de separación y gestión, también obligatorias, se deberán colocar contenedores, debidamente señalizados, de, al menos, cinco fracciones de residuos y en el caso de eventos deportivos, estas áreas se situarán en la zona de avituallamiento; además, para evitar el abandono de envases, las administraciones foral y local deberán fomentar un Sistema de Depósito, Devolución y Retorno siempre que esté implantado.

La entidad organizadora o promotora de los eventos deberá elaborar un Plan de Gestión de Residuos e implementar acciones y medidas para la reducción de gases de efecto invernadero. Además, en el caso de espacios acotados, con aforo o afluencia de más de 2.000 personas, se deberá realizar el cálculo de la huella de carbono.