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No a Puigdemont, sí a policías, y rutas abiertas al TC y Europa: el mapa de un mes de amnistía

La cascada de decisiones judiciales, algunas contrarias a la norma, crea un panorama de confusión en torno a la aplicación de la Ley de Amnistía. Este es el catálogo resumen de la agencia Efe este primer mes de vigencia.

Acto de líderes independentistas catalanes por la amnistía, en 2021. (Kike Rincón | Europa Press)

Rechazada de plano para Carles Puigdemont y Oriol Junqueras por el 1-O, aplicada con celeridad a policías y manifestantes o cuestionada ante la justicia europea y el Constitucional: la respuesta de los tribunales a la ley amnistía ha abierto escenarios dispares, a un mes de su entrada en vigor.

Así están las principales causas susceptibles de beneficiarse de la amnistía, transcurrido el primero de los dos meses de plazo que la ley establece para aplicarla:

Puigdemont, Rovira, Comín y Puig

Hasta la fecha, el caso más mediático y el que forzó diversas modificaciones a la ley está fuera de la amnistía. El juez del Supremo Pablo Llarena ha rechazado perdonar el delito de malversación que atribuye a Puigdemont y a los exconsellers Toni Comín y Lluis Puig.

Además, ha acordado mantener vigentes las órdenes nacionales de detención que pesan contra ellos, no así a Marta Rovira, que puede volver a Catalunya sin ser detenida (lo hará posiblemente este sábado). La Fiscalía ya ha recurrido y es previsible que el caso termine en el Constitucional.

Los condenados del juicio al «procés»

La Sala de lo Penal tampoco aplica la amnistía a los condenados a penas de inhabilitación por el «procés», que son el exvicepresident Oriol Junqueras y los exconsellers Raul Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa, al dejar fuera la malversación, una decisión que ha impugnado la Fiscalía. Además, la Sala ha acordado promover cuestión de inconstitucionalidad al Constitucional respecto del delito de desobediencia, algo que también estudia el juez Llarena en su causa.

Igual que el caso de Puigdemont, lo que justifica este rechazo a amnistiar a los líderes del «procés» son las dudas sobre el delito de malversación, que el Supremo considera queda excluido de la ley porque el uso de fondos para el 1-O puso en riesgo las fianzas de la UE y comportó un enriquecimiento personal. Con este argumento retorcido:«Hicieron con el patrimonio ajeno que les estaba confiado lo que no pudieron o no quisieron hacer con su patrimonio».

La «injerencia rusa»

Con la ley de amnistía ya en vigor, el juez de Barcelona Joaquín Aguirre abrió una pieza separada para seguir indagando la supuesta injerencia rusa en el «procés», después de que la Audiencia de Barcelona le ordenara zanjar la investigación al anularle las últimas prórrogas de la causa.

El magistrado del «caso Volhov», que ve delitos de traición, malversación y organización criminal en la causa, ha descartado amnistiarla al entender que las supuestas conexiones en Rusia para el procés supusieron una grave amenaza para al integridad territorial de España -una de las exclusiones previstas en la ley-, por lo que ha enviado al Supremo el caso, que implica a los expresident Carles Puigdemont y Artur Mas.

Entre tanto se han conocido unos audios en los que este juez se jacta de tumbar la Ley de Amnistía y poner en el alambre al Gobierno español. No se han tomado medidas en su contra.

Los artífices del 1-O, a la espera

Los cargos de ERC Josep Maria Jové y Lluís Salvadó, artífices de la organización del 1-O, tendrán que esperar la decisión sobre su amnistía si el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) eleva la ley a la justicia europea o al Constitucional, ante las dudas sobre su encaje penal.

De entrada, el alto tribunal catalán considera amnistiables los delitos de prevaricación, desobediencia y malversación por el que están a la espera de juicio -programado para el próximo mes de octubre-, al descartar que obtuvieran beneficio patrimonial con el desvío de fondos para financiar el 1-O.

Sin embargo, la sala no les ha aplicado la amnistía por el momento y, tras consultar a las partes, decidirá si lleva la ley al Constitucional o al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Ello podría demorar la resolución durante meses e incluso años.

Buch y el escolta de Puigdemont

Era uno de los casos que podía generar más interrogantes y acabó siendo el primero en amnistiarse: el TSJC, en contra del criterio de la Fiscalía, perdonó al exconseller de Interior, Miquel Buch, y al exsargento de los Mossos Lluís E., que ayudó a exiliarse a Puigdemont.

Pese a que Lluís E. cobró un sueldo público de 52.717 euros durante los 224 días que fue asesor de Buch -para seguir haciendo labores de protección a Puigdemont fuera de territorio estatal-, el TSJC concluyó que ambos casos eran amnistiables porque la ley perdona la malversación si los fondos tuvieron como finalidad el «procés».

De hecho, el abogado de Puigdemont ya ha invocado esta sentencia del TSJC en su escrito para que el Supremo cambie el criterio del juez Llarena y le amnistíe la malversación por el 1-O.

Los CDR y Torra, ¿a Europa?

Aquí el escenario apunta a Europa, porque la Audiencia Nacional ha preguntado a las partes si procede presentar una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la UE acerca de la ley de amnistía ante las «serias» dudas de que esta norma pueda contravenir «gravemente» el derecho comunitario. Hay doce procesados bajo la acusación de «terrorismo».

En el caso de Quim Torra, el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ve amnistiable la condena que le apartó del Govern, aunque ha preguntado a las partes si debe consultar al TJUE sobre la aplicación de la Ley de Amnistía al expresident, que fue condenado a un año y medio de inhabilitación y a pagar 30.000 euros de multa por no retirar una pancarta en favor de los presos políticos y exiliados de la fachada del Palau de la Generalitat.

La Sala Civil y Penal del TSJC pregunta sobre el hecho de plantear cuestiones prejudiciales ante el TJUE dado que Vox, que está personado en la causa contra Torra como acusación particular, se opuso a la aplicación de la amnistía al estimar que «es contraria al Derecho de la Unión Europea».

Los manifestantes

Junto al exconseller Buch, fueron varios manifestantes acusados de altercados en las protestas contra la sentencia del procés los primeros en beneficiarse de la amnistía el pasado 25 de junio, cuando el TSJC acordó aplicar la ley para una decena de activistas encausados.

Otros manifestantes también encausados por disturbios han tratado de buscar amparo en esta ley: es el caso de un condenado por lanzar una botella a los Mossos en un macrobotellón -cuyo perdón ha rechazado la justicia- o el de varios activistas imputados por los disturbios en las protestas a favor del rapero Pablo Hàsel, que remarcan que son independentistas.

Policías y mossos, perdonados

En paralelo a los condenados por los disturbios, un juez también ha amnistiado a los 46 agentes de la española a los que investigaba por las cargas del 1-O en Barcelona, al concluir que su actuación no superó el «umbral de gravedad» que fija la ley como motivo de exclusión.

El mismo argumento empleó la Audiencia de Barcelona para perdonar a cuatro mossos acusados de agredir a manifestantes durante su detención en la oleada de protestas contra la sentencia del «procés».

La Audiencia de Barcelona aún debe decidir si amnistía a los cuatro escopeteros de la Policía acusados de reventar un ojo a Roger Español con una pelota de goma el 1-O en Barcelona, un caso que podría quedar fuera de la ley porque excluye expresamente los delitos de lesiones que hayan causado pérdida de un órgano vital.