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Prisión provisional para el feriante detenido en Uharte por agresión sexual a menores

El Ayuntamiento de Uharte ha convocado para esta misma tarde (20.00), una concentración de repulsa contra las agresiones por las que el feriante detenido ha sido enviado a prisión.

Movilización feminista en Nafarroa, en una imagen de archivo. (Eduardo SANZ | EUROPA PRESS)

El juzgado de Primera Instancia de Agoitz ha decretado prisión provisional, comunicada y sin fianza para el feriante detenido en Uharte por un presunto delito de agresión sexual a menores de 16 años.

Hasta el momento constan nueve denuncias por tocamientos presentadas, sin perjuicio de que, avanzado el desarrollo de la investigación, pueda resultar la aparición de más víctimas , según consta en el auto dictado tras su puesta a disposición judicial.

De las diligencias de investigación practicada, se desprende que el sábado 21 de septiembre el investigado, trabajador de la atracción de feria ‘El Grillo Loco’, ubicada en el reciento ferial de Uharte, realizó tocamientos a niñas menores de 16 años en las piernas, en el glúteo o en los pechos y bloqueó la barra de la atracción, no permitiéndoles bajar de la misma.

Al respecto, el juez añade que la versión dada por los denunciantes, en nombre y representación de sus hijas, «se manifiesta, de forma coherente, con un discurso lineal en el espacio del tiempo, no concurriendo ningún motivo espurio que pueda viciar la declaración».

Señala en ese sentido que las declaraciones que dieron en la sede de la Policía Foral son concordantes y sustentan la presunta comisión de los hechos por parte del investigado, con las cautelas propias de esta fase de la investigación.

Por todo ello, deduce que el investigado «realizó tocamientos en los glúteos, muslos y pechos de las menores cuyas edades oscilan entre los 11 y 15 años».

El Ministerio Fiscal ha solicitado la prisión provisional ante la posibilidad de riesgo de fuga, para asegurar la presencia del investigado en el acto del juicio, por la gravedad de los hechos, así como para evitar la reiteración delictiva en aras de tutelar y proteger a las menores. Las letradas de la acusación popular y del SAM se han adherido a esa petición, mientras que defensa se ha opuesto alegando que existen otras medidas menos gravosas como la orden de alejamiento.

Dadas las circunstancias, el instructor ha entendido que existe riesgo de fuga. Al respecto se apunta que al investigado no le consta domicilio conocido en el Estado español. Además, carece de un núcleo familiar que pueda determinar su arraigo.

Al argumentar su decisión, el juez también ha tenido en cuenta la naturaleza del hecho y la gravedad de la pena, ya que puede ser castigado con una pena de prisión de 2 a 6 años. Hasta el momento constan nueve denuncias, por lo que se estaría ante nueve hechos delictivos.

Por todo ello, concluye que la prisión provisional es una medida adecuada, que no resulta desproporcionada y que logra adecuadamente los fines que pretende la misma.