Oihana Garmendia
Miembro de la comisión de presos de Sortu

Excepcionalidad en abril

Si un decreto de alarma nos cofinó en nuestras casas y si otro más decretó el cese de la actividad económica no esencial, son posibles los decretos cuyos beneficiarios también sean las personas encarceladas, incluidos los presos vascos.

Ahora que hemos visto limitada nuestra movilidad diaria, que sabemos lo que es estar encerrados, estudiar on line, aburrirnos pasando horas muertas, ver siempre lo mismo en la TV… intentemos pensar lo que podría suponer para nosotros un «coronavirus» de diez, veinte, treinta o cuarenta años.

En medio de una situación excepcional en las calles y en los hogares, no podemos menos que acordarnos de los temores, miedos y desdichas que sufren al menos 237 vascos y vascas en las prisiones francesas y españolas. Porque, en las cárceles, la excepcional situación se ha sumado a la excepcionalidad que sufren los presos políticos vascos.

Excepcionalidad penitenciaria reiteradamente denunciada y que los gobiernos de turno no han desactivado. Quienes han exigido cumplimientos íntegros, negado excarcelaciones de enfermos y de mayores, negado permisos o libertades condicionales... seguramente hoy, si por casualidad se han acordado de las personas presas, hayan entendido la gravedad del aislamiento, la dureza del régimen cerrado, el llevar años sin ver a sus padres por su delicada salud o avanzada edad, la angustia de madres y padres separados de sus hijos por miles de kilómetros...

Si lo nuestro es excepcional, inimaginable es la situación en prisión. No en vano, la ONU se ha preocupado por las cárceles y ha pedido a los gobiernos adoptar medidas de excarcelación para mayores, enfermos y condenas menores. En el mismo sentido se manifestó el Comité de Prevención de la Tortura del Consejo de Europa recomendando conmutaciones de sentencias, libertades anticipadas y libertades condicionales. La OMS solicitó también la libertad de preventivos, mujeres embarazadas y personas vulnerables. Y, según la OMS, las personas vulnerables son las mayores de 60 años y las personas con enfermedades preexistentes como diabetes o cardiopatías.

En cuanto a enfermedades preexistentes, 67 presos sufren enfermedad en diferentes estadios pero diecinueve son los enfermos graves o incurables, personas a quienes ya antes de la crisis sanitaria se debería haber atenuado la prisión o puesto en libertad. Tres de ellos además con problemas psicológicos muy severos. Los casos graves son esos enfermos incurables o crónicos que sufren cánceres, cardiopatías severas, enfermedades psíquicas graves o degenerativas en estadio avanzado. Añadamos, como sugiere la OMS, las diabetes severas y los nombres propios a excarcelar son: Kepa Arronategi, Txus Martín, Josetxo Arizkuren, Mikel Otegi, Joseba Borde, Lierni Armendariz, Ibon Fernández Iradi, Gurutz Maiza... y hasta diecinueve, incluidos cuatro cuya identidad permanece anónima.

En cuanto a la edad, cuarenta presos han rebasado los sesenta años, siendo la situación de Sebas Etxaniz y Joseba Arregi especialmente preocupante porque cuentan con 76 y 73 años. Recordemos que la ley permite su excarcelación por su condición de septuagenarios y por sus circunstancias de cumplimiento. De otra parte, quienes tienen más de 60 años frecuentemente presentan pluripatologías no graves, pero que les hacen vulnerables.

En cuanto al tiempo pasado en prisión, 55 son los presos que, por encima de los estadares europeos, llevan más de veinte años encarcelados en condiciones excepcionales. Jakes Esnal, Xistor Aranburu y Ion Kepa Parot en el Estado francés, y Unai Parot y Antton Troitiño en el Estado español son quienes llevan más de treinta años mientras, por otro lado, una presa vasca, Olatz Lasagabaster, se encuentra embarazada y con el final de la condena en el horizonte.

El incio de la crisis no provocó una reacción positiva –progresista, abierta, generosa– en las esferas administrativa y judicial. Al contrario, quienes estaban saliendo de permiso se quedaron sin ellos y el avance penitenciario se paró al no reunirse las juntas de tratamiento y estar paralizado el Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria.

La situación ya era sangrante antes debido al tapón de la política de grados y la inamovible política penitenciaria que impide acercamientos o que 73 presos con las tres cuartas partes de la condena agotadas, o por agotar en 2020, puedan optar a la libertad condicional.

Las medidas restrictivas y profilácticas adoptadas (visitas, desinfección, mascarillas, evitar los comedores...) son difícilmente criticables desde el punto de vista sanitario, pero la excepcionalidad no puede ni debe gestionarse solo perjudicando los derechos de los encarcelados. Se hacen necesarias también medidas reparadoras a futuro y encaminadas a vaciar las cárceles.

Si un decreto de alarma nos cofinó en nuestras casas y si otro más decretó el cese de la actividad económica no esencial, son posibles los decretos cuyos beneficiarios también sean las personas encarceladas, incluidos los presos vascos. Un decreto que contemple: reducción de condena por cada día pasado en riguroso y extremo confinamiento; reclasificación inmediata de grado de las personas presas; acercamientos a prisiones cercanas al domicilio, adoptando en las conducciones medidas similares a las del trasporte público; mantener la dinámica de permisos ya que lo preferible es que salgan de las prisiones y se les impida regresar tras tomar las medidas de control que se estimen (telemática, telefónica), y hacer salir urgentemente de las prisiones a los más vulnerable y a quienes, haciendo una lectura humanitaria de la ley, tendrían acceso a la libertad como: los encarcelados con enfermedades graves e incurables, los enfermos crónicos con pluripatologías médicas, los presos septuagenarios, los mayores de 60 años con una parte significativa de la pena cumplida, y quienes están en la recta final de condena o han cumplido las tres cuartas partes de la misma.

Todos ellos pueden ser clasificados en tercer grado penitenciario y excarcelados de urgencia para contribuir a aliviar las prisiones y devolver sus derechos a los encarcelados. En ningún caso una alarma sanitaria debe suponer el agravamiento de la condena, y mucho menos aún pedir a los encarcelados que renuncien a su derecho a la evolución penitenciaria, al acercamiento, a los permisos o a la libertad. Urge decretar una relectura de la ley con benevolencia, justicia y humanidad.

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