BERTA GARCIA
CONSUMO

Tarjeta Sanitaria Europea

T ema obligado en esta sección en las semanas vacacionales por excelencia si es que en nuestras opciones está cualquiera de los países miembros de la Unión Europea. Hablamos de la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE). Esta tarjeta es personal e intransferible, y acredita el derecho a recibir las prestaciones sanitarias que podrían ser necesarias en caso de algún contratiempo de salud durante nuestra estancia temporal dentro de la UE, y que amplía su validez también a Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza. Antes de iniciar el viaje se puede solicitar de forma gratuita en las oficinas de Servicio de Salud de nuestra localidad y, en caso de que su trámite de entrega no sea inmediato, nos darán un certificado de sustitución provisional.

Gracias a la Tarjeta Sanitaria Europea tendremos el acceso temporal al sistema de salud pública en cualquiera de los estados miembros, como cualquier asegurado del mismo y en idénticas condiciones. Hay países que, en algunos casos, deberemos asumir una cantidad fija o un porcentaje de los gastos derivados de la asistencia sanitaria, según los requisitos y condiciones que también cumplen los residentes del país al que nos desplazamos y estos importes no son reintegrables. Del resto, se nos reembolsará bien in situ o a la vuelta, sin más formalidades. En caso de surgir algún problema con los servicios sanitarios de un país miembro europeo, porque no nos reconocen la tarjeta sanitaria, podemos pedirle al servicio médico de nuestro país (Osakidetza, Osasunbidea) que se ponga en contacto con el médico u hospital extranjero, y en cualquier caso dejar constancia escrita de nuestra reclamación.

No cubre la asistencia sanitaria privada, ni costes tales como el vuelo de regreso al país de origen en caso de tener que regresar por enfermedad antes de lo previsto. Tampoco es válida cuando el desplazamiento tenga la finalidad de recibir tratamiento médico, en cuyo caso es necesario que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o el Instituto Social de la Marina (ISM) emita el formulario correspondiente, previo informe favorable del Servicio de Salud.