Berta Garcia
CONSUMO

Tope a los pagos en efectivo

Ya no se pueden pagar más de mil euros en efectivo. Pues así es y así lo cuento porque lo marca la Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal (Ley 11/21 de 9 de julio). Es fácil de entender, si compramos un bien o recibimos un servicio profesional que supere esa cifra, es decir los mil euritos (iva incluido), deberemos de abonarlo mediante transferencia, tarjeta, etc. Vamos, que deje rastro.

Hasta el pasado mes de julio el tope estaba fijado en 2.500 euros pero, y al parecer, la Agencia tributaria sospechaba que seguían habiendo fraudes a la misma, léase a todos y todas, y como andan con un agujero brutal a causa de los poderosos evasores fiscales pues deciden ir a por los llamémosles “pequeños evasores”. Que no está mal, es cierto, y además éstos son más fáciles de atrapar.

Como personas consumidoras y usuarias de servicios este nuevo tope de 1.000 euros (iva incluido) debe entenderse para cada operación concreta, ya sea de entrega de bienes o de prestación de servicios, no pudiéndose fraccionar de manera artificial en sucesivos pagos de importes inferiores. Por ejemplo, si la factura asciende a 1.500 euros, no podremos pagar 500 euros en efectivo y el resto de otra manera, pues se toma como referencia el importe total de la transacción. Salvo que la operación se realice entre particulares y los realizados en entidades financieras.

Conservar los justificantes de pago. Para todas las operaciones sujetas a limitación de pagos en efectivo, ambos –empresario y consumidor– están obligados a conservar los justificantes de pago durante un periodo de cinco años por si acaso nos lo requiere la Agencia Tributaria. El incumplimiento lleva aparejada una fuerte sanción con una multa de hasta el 25% del importe abonado, y da lo mismo para el empresario que para el consumidor pues se entiende que la sanción es solidaria. Con sus licencias añadidas porque si una de las partes se “chiva” o lo denuncia durante los tres meses siguientes al pago, la multa únicamente recaerá en el denunciado. Y eso puede pasar, sin ir más lejos, ante una obra mal acabada, un producto defectuoso que no te arreglan... Vamos, que te haces el loco olvidando que tú también entraste en el juego. ¡Pide siempre factura, juega limpio y estarás tranquilo!