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BARCELONA

El Supremo ordena repetir un juicio a la Mesa del Parlament

El Tribunal Supremo español admitió el recurso de condenados de la Mesa del Parlament por falta de imparcialidad de dos magistrados del tribunal que les condenó a 20 meses de inhabilitación y ordena por ello repetir el juicio en el Tribunal Superior de Catalunya.

La exparlamentaria Anna Simó.
La exparlamentaria Anna Simó. (Jagoba MANTEROLA | FOKU)

La Sala Penal del Tribunal Supremo ha anulado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya de 19 de octubre de 2020 que condenó a cuatro exmiembros del Parlament por un delito de desobediencia en relación a la tramitación de iniciativas parlamentarias relacionadas con el referéndum del 1-O.

Es lo que pedían cuatro recurrentes (Anna Simó, Lluis María Corominas, Ramona Barrufet y Lluis Guinó), en un recurso al que se adhirieron también Lluís María Corominas i Díaz, Ramona María Barrufet i Santacana y Lluis Guinó y Subirós.

En la sentencia recurrida, el TSJ catalán absolvió a una quinta acusada, Mireia Boya. A los cuatro primeros les impuso un año y 8 meses de inhabilitación y multa de 30.000 euros a cada uno por delito de desobediencia.

El TS acepta que fue vulnerado el derecho a un tribunal imparcial de los acusados debido a que dos de los magistrados del TSJ catalán que integraron el Tribunal habían exteriorizado ya en autos previos una toma de postura explícita acerca de cuestiones que constituyeron después objeto esencial del juicio. El Supremo resalta que no alberga la menor duda, «partiendo además de la acreditada trayectoria profesional de los magistrados que fueron recusados aquí, que cualquiera que hubiera sido su toma de postura inicial, la misma habría podido modificarse ante la existencia de nuevos argumentos o circunstancias, ya surgieran durante la instrucción de la causa ya en el acto del juicio oral. Pero no es esta la cuestión», concluye, puesto que efectivamente los recurrentes tienen razón al exponer que se habían posicionado sobre el asunto en cuestión en fases previas.

En consecuencia, «la partida debe comenzar con el marcador a cero», señalan los jueces. Entre otras cosas, con el nombramiento de un nuevo tribunal, y explican que han aplicado al caso la doctrina del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre el derecho a un tribunal imparcial.

Los hechos de la anulación

Anna Simó i Castelló sostuvo que el presidente José Luis Barrientos Pacho, y el magistrado Ramos Rubio, ponente de la sentencia, cuyas recusaciones fueron rechazadas, adoptaron de forma explícita una toma de posición acerca de varias cuestiones de la causa, en la admisión las tres querellas que dieron lugar a la formación de la causa y también en la desestimación de los recursos de súplica interpuestos contra aquellas decisiones.