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Penas de 10 a 20 años por la paliza a Alexandru Ionita

La Audiencia de Bizkaia condena con penas de entre 10 y 20 años de cárcel por «asesinato en grado de tentativa» a seis de los siete encausados por dejar en estado vegetativo a un joven en Zornotza.

Imagen de una de las sesiones del juicio por la paliza a Alexandru Ionita.
Imagen de una de las sesiones del juicio por la paliza a Alexandru Ionita. (Oskar MATXIN EDESA | FOKU)

Seis de los siete acusados de la paliza en Zornotza que dejó en estado vegetativo a Alexandru Ionita han sido condenados a penas de entre 10 a 20 años de prisión por la Audiencia de Bizkaia .

En la sentencia divulgada ayer por las agencias y contra la que cabe recurso, el tribunal considera acreditada la pertenencia de los condenados a la banda juvenil Los Hermanos Koala, así como que los siete, además de otras personas menores de edad ya condenadas por su implicación en aquella paliza la madrugada del 25 de julio de 2021, acorralaron y agredieron hasta dejar en coma a la víctima. Impone, por ello, 20 años de cárcel a los cuatro principales autores del «linchamiento» de Ionita, 14 años de prisión para otro y dicta una condena 10 años para un sexto encausado.

Al séptimo acusado le absuelve del delito de «asesinato en grado de tentativa», pero le condena por omisión del deber de socorro, ya que junto al resto abandonó a la víctima.

En una sentencia notificada ayer, la Audiencia de Bizkaia declara probado que sobre las tres de la madrugada del 25 de julio de 2021, los acusados, «puestos de común acuerdo» y con «ánimo de acabar con la vida o representándose esa posibilidad», rodearon a Alexandru Ionita y le propinaron una paliza de «manera coordinada», golpeándole con diversos objetos y dándole patadas hasta que el joven quedó tendido en el suelo «con una gran hemorragia en la cabeza».

Estima acreditado también que todos los procesados, salvo uno, pertenecen a los Hermanos Koala, un grupo que «se juntaba para cometer diversos delitos, como agresiones y robos a personas solas o en situación de desventaja», y que aquella noche «cometieron varias acciones similares».

«LINCHAMIENTO»

El tribunal afirma en su resolución que un vídeo de la agresión que un miembro del grupo subió a las redes sociales es una prueba esencial en este caso , ya que esa grabación permitió a los magistrados «observar de manera directa lo ocurrido».

Explica que en ese vídeo se ve un «auténtico linchamiento», en el que la víctima es agredida con diversos objetos, recibe patadas y puñetazos, especialmente en la cabeza, y es derribada hasta en tres ocasiones. «El grupo de agresores se concertó para acorralar y agredir» al joven, dice la Sala, que considera probado que existió alevosía, que la víctima, que en el momento del ataque estaba sola y desarmada, no tuvo posibilidad de defensa, ni escapatoria posible.

«Hubo ánimo homicida» y «todos los participantes asumieron con sus diversas acciones la probabilidad de causación de la muerte», señala el tribunal.