GARA
DONOSTIA

Rebajan de 7 a 2,5 años la pena al exsenador del PNV Víctor Bravo

La Audiencia Provincial de Gipuzkoa ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por el que fuera director de Hacienda de este territorio y por el empresario Fernando Isidoro González, culpables ambos de tres delitos de fraude fiscal entre 2003 y 2006.

Víctor Bravo, segundo por la derecha, presentando la campaña de la renta de 2003.
Víctor Bravo, segundo por la derecha, presentando la campaña de la renta de 2003. (G. GARAIALDE | FOKU)

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Gipuzkoa ha rebajado de siete años a dos años y seis meses la pena de prisión impuesta a Víctor Bravo, exdirector de la Hacienda foral y exsenador del PNV de 2004 a 2007, por tres delitos de fraude fiscal.

El tribunal ha estimado, parcialmente, el recurso interpuesto por el procesado y rebaja la pena de siete años de cárcel impuesta por el Juzgado número 1 de lo Penal de Donostia al aplicar la redacción del Código Penal vigente en el momento de los hechos y asumir como atenuante «muy cualificada» las dilaciones indebidas. La sentencia es firme y no cabe interponer recurso alguno.

En febrero de 2020 Bravo fue condenado como cooperador necesario en tres delitos contra la Hacienda Pública, de los que fue autor el empresario Fernando Isidoro González, castigado a dos años y nueve meses.

En la sentencia de la Audiencia de Gipuzkoa se confirman los hechos que el juzgado declaró probados y se ratifica que son constitutivos de los tres delitos por los que fueron condenados.

No obstante, rebaja las penas que el juzgado impuso a los acusados en aplicación de la redacción del Código Penal vigente en el momento de los hechos (años 2003, 2004 y 2006), que fijaba una pena de prisión inferior a la establecida en la actualidad, que es la que aplicó la sentencia apelada.

DENUNCIA EN JUNIO DE 2009

Asimismo estima que la atenuante de dilaciones indebidas, que el juzgado apreció con el carácter de «ordinaria», debe considerarse «muy cualificada».

La denuncia que inició el caso se presentó en junio de 2009 e individualiza las penas de multa que procede imponer por cada delito, de manera proporcionada al importe defraudado en cada uno de los ejercicios en los que estima cometida la infracción.

De este modo, condena al exdirector de la Hacienda guipuzcoana a dos años, cinco meses y 29 días de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo. También le impone una multa de 1.393.000 euros y la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante siete años y cinco meses.

La Audiencia condena a Fernando Isidoro González a 23 meses y 29 días de cárcel (el juzgado le condenó a 33 meses y 87 días), una multa de 1.086.300 euros y la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante seis años. Mantiene la atenuante de reparación del daño causado.

MILLÓN Y MEDIO A HACIENDA

Finalmente confirma la condena a ambos acusados a indemnizar solidariamente a la Hacienda Pública española en la cantidad de 1.559.493,60 euros, más los intereses moratorios, con declaración de responsabilidad civil subsidiaria de la sociedad Glass Costa Este Salou, S.L.

La sentencia ahora confirmada señaló que ambos imputados «planificaron e idearon una estrategia» para que esta promotora inmobiliaria «pudiera beneficiarse de los incentivos y ventajas fiscales que, en ese momento, reconocía la normativa foral a las sociedades con dominio fiscal en Gipuzkoa» fijando de forma «ficticia» en este territorio el domicilio fiscal de Glass Costa.

Asimismo afirma que realizaron diversas operaciones con «la única finalidad de efectuar una indebida revalorización de activos y una ilícita amortización de fondo de comercio y, con ello, eludir el pago de los tributos legalmente establecidos».