«No parece lógico que el Gobierno conserve la última palabra sobre la ejecución de una pena»
El juez José Luis Ramírez fue uno de los impulsores del manifiesto que dos centenares de jueces firmaron criticando la concesión del indulto a cuatro mossos condenados por torturas. En esta entrevista nos habla sobre la figura del indulto, que en su opinión debe existir, pero justificando estrictamente los casos en los que se aplica.
En el reciente caso de los mossos d'esquadra condenados por tortura, ¿encuentran alguna justificación válida para el indulto?
En absoluto, no hay ninguna. Es lo que decimos en el manifiesto. La del indulto es una figura que tiene por objeto el tratar de dar solución a los problemas en los que la aplicación de la ley pudiera provocar un resultado injusto. Por ejemplo, se impone una pena a un sujeto que delinquió en el pasado por causa de la influencia de las drogas, que ahora está totalmente rehabilitado; en este caso no tiene ningún sentido imponer la pena. Estos son los supuestos típicos de aplicación de indultos. Lo que no tiene ningún sentido es aplicar la figura del indulto para una conducta en la que no se aprecia ninguna de estas circunstancias. En el caso de los mossos no ha habido arrepentimiento ni ninguna demostración de rechazo a la conducta desarrollada por los agentes de la Policía que justificara la concesión del indulto. El Gobierno parece que se ha escudado en la falta necesidad de explicar la motivación para no justificar el motivo por el que se concede el indulto. Pero que la ley no establezca ninguna obligación de motivar no significa que no haya una obligación de cara a la opinión pública de explicar cuáles son las razones.
El de los mossos, sin embargo, no es el único caso, ya que España es una de las plusmarquístas del indulto. Solo este año, Mariano Rajoy ya ha aprobado más de 400. ¿No va en contra de la más elemental independencia que debiera tener el poder judicial?
Sí. La ley del indulto plantea ese problema. Es una ley antigua que pone de manifiesto que el tránsito hacia el Estado de Derecho no se ha completado. Que el Gobierno conserve la última palabra sobre la posible ejecución de una pena no parece lo lógico en un Estado de Derecho. Lo lógico es que se confiriera a la jurisdicción la posibilidad de, en esos casos excepcionales, poder dejar de ejecutar la pena. Además, la ley permite un amplio margen de discrecionalidad; el problema es cuando esa discrecionalidad se convierte en arbitrariedad; entonces, por razones que se desconocen se otorgan indultos, como está sucediendo.
¿Tiene sentido, en pleno siglo XXI, que en este país se aplique el indulto con una ley de 1870?
Lo razonable sería revisar la ley. Yo creo que debería ejercer el indulto el poder judicial, pero más allá de eso, lo que está claro es que el procedimiento debería ser otro y que debería haber una especial obligación de motivación de la decisión por la que se deja sin efecto la ejecución de una condena. En situaciones concretas está más que justificado y es correcto que exista el indulto, el problema es el mal uso que se hace de él.
Los beneficiarios de indultos suelen ser muy a menudo agentes de cuerpos de seguridad, políticos condenados por corrupción, empresarios condenados por fraude, etc. En general, gente cercana al poder. ¿Cree que esto alimenta la imagen de que la justicia no es igual para todos?
Sí, contribuye a alimentar esa imagen. En la medida en que no se explica a la ciudadanía por qué motivo se ha concedido o se ha dejado de conceder el indulto, cuando al final acaba llegando a los medios de comunicación da la sensación de que se hace un uso arbitrario del mismo. El Gobierno siempre tiene muchísimas peticiones de indulto en supuestos que no trascienden a los medios, pero que son el supuesto más habitual con el que nos encontramos. Personas que no han cometido ningún hecho delictivo anterior y que tienen la desgracia de enfrentarse a una situación en la que la pena, de cumplirse, significaría el ingreso en prisión. En este tipo de casos, hay ocasiones en las que el Gobierno mira hacia otro lado y no acuerda el indulto. Desde la judicatura no se puede hacer nada porque la ley obliga a imponer la pena que establece el Código. Estos son los supuestos graves en los que hay que aplicar el indulto, no esos tipos de supuestos en los que parece que la concesión del indulto responde a otras finalidades distintas de la aplicación de la justicia.