NAIZ
DONOSTIA

Satorralaia presenta una demanda en el TSJPV contra la pasante del Metro de Donostialdea

El movimiento vecinal Satorralaia ha presentado ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) una demanda de recurso contencioso-administrativo por «irregularidades e ilegalidades» en la aprobación definitiva del estudio informativo de la pasante del Metro de Donostialdea.

Satorrlaia presentó previamente alegaciones colectivas. (Jon URBE/ARGAZKI PRESS)
Satorrlaia presentó previamente alegaciones colectivas. (Jon URBE/ARGAZKI PRESS)

En una nota, Satorralaia ha informado de que la demanda presentada se «fundamenta la nulidad» de la resolución de 21 de enero de 2016, que aprobó de forma definitiva el citado estudio, por «la infracción de lo dispuesto en la Ley 21/2013 de Evaluación Ambiental».

A juicio de Satorralaia, la aprobación de este estudio «es nula de pleno derecho», porque «carece de la preceptiva declaración de impacto ambienta».

En este sentido, ha criticado que «la Administración ha pretendido extender, al objeto de ese Estudio Informativo aprobado en 2016, los efectos de una Declaración de Impacto Ambiental de 8 de marzo de 2012 referida al objeto de otro Estudio Informativo diferente, redactado en 2010 y que no se ejecutó».

Al respecto, ha destacado que el informe del pasado año propone «un nuevo trazado, diferente del previsto en el año 2010, con diferencias que, además de ser sustanciales respecto a aquel trazado inicial, tienen unos condicionantes legales y ambientales no previstos ni supuestos en la Declaración de Impacto Ambiental de 2012».

Por otra parte, la demanda de Satorralaia se fundamenta también «en la disconformidad del proyecto aprobado respecto del Plan Territorial Sectorial (PTS) de la red ferroviaria», ya que la pasante del Metro «no está contemplada en el vigente PTS de la red ferroviaria».

En este sentido, ha señalado que «el elemental respeto a la jerarquía normativa impide que los estudios informativos y proyectos puedan aprobarse en contravención, o sin respetar, las determinaciones del PTS ferroviario».