El Tribunal Constitucional, según apunta la asociación Martxoak 3, se limita a no admitir a trámite el recurso de amparo contra el archivo de la causa por los hechos del 3 de marzo de 1976, en el que murieron cinco trabajadores en la capital alavesa, al entender que «no se aprecia en el mismo la especial transcendencia constitucional que se requiere para su admisión».
Desde Martxoak 3 señalan que «ello no puede resultar más sorprendente, insólito y vergonzante, además de resultar totalmente disconforme al Derecho Internacional de los Derechos Humanos».
Consideran que el fallo demuestra «la falta de voluntad del Estado español para cumplir con las obligaciones internacionales contraídas en el ámbito del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, generando un profundo desamparo a las víctimas».
Pese a la resolución, apuestan por «seguir impulsando» las acciones necesarias «para que de una vez por todas el Estado español reconozca el derecho de acceso a la Administración de Justicia y el derecho a la tutela judicial efectiva a las víctimas de la represión feroz ejercida por la dictadura franquista».
Así, no descartan acudir a instancias internacionales como el Tribunal Europeo de DDHH de Estrasburgo.