Ibai AZPARREN

La Abogacía del Estado defiende la prevalencia del delito de sedición frente al de rebelión

La abogada del Estado Rosa María Seoane ha defendido ante el tribunal su acusación de sedición contra los líderes independentistas catalanaes argumentando que «hubo un alzamiento de más de dos millones de personas» y «concentraciones masivas de personas dotadas de cierta organización». No obstante, ha negado la violencia y el uso de la fuerza en el que se habían basado sus compañeros de banquillo para atribuir a los acusados un delito de rebelión.

Los 12 encausados en la sala del Tribunal Supremo, al inicio del juicio. (EFEPOOL)
Los 12 encausados en la sala del Tribunal Supremo, al inicio del juicio. (EFEPOOL)

La Abogacía del Estado ha defendido su acusación por sedición contra los líderes independentistas y ha descartado el delito de rebelión del que acusa la Fiscalía, dado que cree que la violencia no es «uno de los elementos estructurales del plan» de los acusados para alcanzar la independencia ni se organizó «de forma proporcionada».

Pero sí que considera, según ha expuesto la jefa de lo Penal de la Abogacía, Rosa María Seoane, ante el tribunal que preside Manuel Marchena que los acusados participaron «de forma absolutamente predeterminada y organizada» en un alzamiento público y tumultuario, «gregario y anárquico», que en su opinión tuvo lugar el 1-O con la «finalidad clara de impedir y neutralizar» el mandato judicial que ordenaba impedir el referéndum. Es decir, que hubo sedición.

Porque para que alzamiento público tenga una violencia característica de la rebelión, «la violencia o la amenaza de emplearla debe estar previsto como un elemento nuclear y que la violencia sea idónea, suficiente o proporcionada para conseguir el resultado del delito», ha sostenido.

En este sentido, Seoane ha remarcado que hubo sedición porque «hubo un alzamiento de más de dos millones de personas». Así, la letrada ve en el 1-O «un movimiento reactivo con carácter generalizado, masivo y desde luego público» y ha destacado las «concentraciones masivas de personas dotadas de cierta organización», preparadas para «impedir la aplicación de la ley».

Por ello considera que «se dan todos los elementos del delito de sedición en la forma de proceder el 1-O», donde se ejerció una resistencia o activa o pasiva a las fuerzas de seguridad del Estado a través de «una oposición de los concentrados», que, en actitud «clara de desobediencia», intentaban impedir el cumplimiento de un mandato judicial, dándose a veces situaciones de gravedad «de mayor o menor alcance».

Respecto a lo ocurrido el 20 de setiembre de 2017, Seoane ha añadido que los líderes de las entidades soberanistas Jordi Sànchez y Jordi Cuixart  se subieron a los vehículos de la Guardia Civil «no para que se les oyera mejor, sino para alentar a las masas».

Igualmente ha acreditado la comisión por los exmiembros del Govern sentados en el banquillo de un delito de malversación de fondos públicos que acredita el modo de actuar de todos ellos en aquellos días, que no fue sino «la adscripción de todos los elementos materiales y humanos de la Generalitat» al objetivo secesionista.

Esta postura supone, en síntesis, una rebaja casi a la mitad de las penas solicitadas por los Servicios Jurídicos del Estado respecto a las instadas por la Fiscalía, ya que se quedarían entere los 8 y 12 años de cárcel.