![Instalaciones funerarias en Gasteiz. (Raúl BOGAJO / FOKU)](/media/asset_publics/resources/000/691/949/article_main_landscape/tanatorio.jpg)
El Boletín Oficial del País Vasco (BOPV) publica este viernes una orden de la consejera de Salud, Nekane Murga, que entra en vigor hoy mismo y que establece una serie de «medidas excepcionales en materia de sanidad mortuoria debido a la pandemia» de Covid-19.
Las medidas recogidas en esta orden se aplicarán a todos los cadáveres «con independencia de cuál sea la causa del fallecimiento». Estos podrán ser inhumados o incinerados y se les podrá dar su «destino final» sin esperar a que trascurran 24 horas desde el deceso, tal y como debía hacerse hasta ahora. En caso de cremar el cuerpo, las cenizas pueden ser manipuladas siempre que ello no suponga ningún riesgo.
La orden de la consejera prohíbe los velatorios y condiciona la asistencia a las ceremonias civiles y religiosas de despedida, incluidas las fúnebres, a que no haya aglomeraciones y se garantice una distancia mínima entre personas de metro y medio.
También estarán prohibidas «mientras se reconduzca la situación de emergencia sanitaria derivada de la pandemia» las actuaciones de limpieza e intervenciones de tanatopraxia o tanatoestética sobre el cadáver.
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