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Qué se puede y qué no se puede hacer en la CAV tras el nuevo decreto

Este viernes se ha públicado el decreto acordado por el consejo asesor de Protección Civil de la CAV (LABI), que modifica algunas restricciones de cara a las fechas navideñas. Pero, ¿qué podemos y qué no podemos hacer? ¿Cuándo?

Sillas recogidas en una terraza del Boulevard de Donostia. (Juan Carlos RUIZ /FOKU)
Sillas recogidas en una terraza del Boulevard de Donostia. (Juan Carlos RUIZ /FOKU)

¿Cuándo entran en vigor las nuevas medidas?

El nuevo decreto entrará en vigor a las 00:00 del 12 de diciembre, es decir, este sábado.

¿Varía el toque de queda nocturno?

Se mantiene la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno en la CAV entre las 22:00 y las 06:00. Sin embargo, en las noches del 24 al 25 de diciembre de 2020 y del 31 de diciembre de 2020 al 1 de enero de 2021, la hora de comienzo de la limitación será a la 01:30. Y será únicamente para regresar al domicilio. En ningún caso se utilizará dicha ampliación horaria para desplazarse a diferentes encuentros sociales.

¿Se puede salir del municipio? ¿Y del territorio?

Este sábado se levanta la limitación de entrada y salida de personas de cada término municipal en que tengan fijada su residencia. Sin embargo, se manteniene, hasta el 23 de diciembre, la restricción de entrada y salida de personas del Territorio Histórico de residencia.

Y ya entre el 23 y el 26 de diciembre de 2020, y entre el 30 de diciembre de 2020 y el 2 de enero de 2021, se levanta la limitación para aquellos desplazamientos, fuera de la CAV, por los que las personas se dirijan al lugar de residencia habitual de familiares o personas allegadas.

¿Cuántos nos podemos juntar?

Lakua mantiene la limitación a seis personas, salvo que se trate de convivientes. Pero entre el 24 de diciembre de 2020 y el 25 de diciembre de 2020 y entre el 31 de diciembre de 2020 y el 1 de enero de 2021, los encuentros familiares para celebrar las comidas y cenas navideñas quedan condicionados a que no superen el número máximo de diez personas. El Ejecutivo de la CAV «recomienda» que no accedan al grupo más de dos unidades convivenciales, que su composición no varíe en las diferentes celebraciones y que, en todo caso, se tenga especial precaución y cuidado con las personas en situación de vulnerabilidad.

¿Estarán abiertos los establecimientos y locales?

Todos los establecimientos comerciales, con excepción de las estaciones de servicio de distribución de carburantes y combustibles, deberán cerrar de acuerdo con su respectiva regulación y, en cualquier caso, como máximo a las 21:00. Las farmacias mantendrán su régimen de horarios. 

¿Cómo deberán trabajar en los mercados?

En el caso de los mercados que desarrollan su actividad en la vía pública al aire libre o de venta no sedentaria, conocidos como mercadillos, no podrán superar el 50% de los puestos habituales o autorizados, debiendo existir una separación entre puestos contiguos de al menos 1,5 metros, y limitando la afluencia de clientes de manera que se asegure el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal. El uso de mascarilla será obligatorio, y deberá mantenerse la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metro.

¿Y el alcohol?

El consumo de alcohol en la vía pública sigue prohibido. Así como su venta entre las 21.00 y las 08.00.

¿En qué casos reabre la hostelería?

En los municipios de más de 5.000 habitantes, la reapertura requerirá la presencia de una Tasa de Incidencia Acumulada en los últimos 14 días que sea inferior a 500 casos por cada 100.000 habitantes. Podrán ofrecer el servicio en sus terrazas al aire libre y tendrán en su interior restringida la disponibilidad en un 50% del aforo máximo.

En los municipios con población inferior a 5.000 habitantes, cuando la situación epidemiológica local o la eventual existencia de brotes de contagio lo requieran, el Departamento de Salud adoptará las medidas de cierre de establecimientos que procedan.

Los establecimientos deberán cerrar en cualquier caso como máximo a las 20:00, incluido el desalojo de los y las clientas, y no podrán abrir al público antes de las 06:00.

La entrega de pedidos con cita previa en el propio establecimiento podrá realizarse hasta las 21:00, debiendo estar, en cualquier caso, cerrado para cualquier otro servicio al público. El reparto a domicilio se podrá realizar hasta las 22:00.

¿Y la lonja o el txoko?

Los txokos, sociedades gastronómicas, lonjas y similares permanecerán cerrados.

¿Se puede acudir a actividades y espectáculos culturales?

Sí, pero ninguna actividad ni evento cultural o social podrá finalizar más tarde de las 21:00. Además, quedan suspendidos los ensayos y actuaciones colectivas no profesionales de carácter músico-vocal o de danzas, salvo en el caso de los que pertenezcan a la educación reglada.

¿Recorrerán Mari Domingi y Olentzero las calles de pueblos y ciudades?

El decreto rechaza expresamente la opción de celebrar eventos que provoquen aglomeraciones como las cabalgatas, los paseos de Olentzero y Mari Domingi por pueblos y ciudades y también carreras populares como la San Silvestre.

¿Qué ocurre con la actividad deportiva?

Según el decreto, solo se podrá practicar deporte de manera individual, quedando suspendida cualquier tipo de actividad deportiva en grupo, tanto en entrenamiento como en competición, salvo en lo referente a los entrenamientos y competiciones deportivas de los equipos inmersos en competición profesional o semiprofesional, y a los entrenamientos del deporte federado, que podrán realizarse en grupos de seis personas como máximo.

También se permitirán los cursos o actividades programadas en gimnasios, clubs deportivos, piscinas y polide-portivos, siempre que se realicen en su caso con mascarilla, en grupos máximos de seis personas y estando limitado el aforo al 40% de la capacidad

La práctica de actividad física o deporte, salvo en piscinas, deberá realizarse con mascarilla, que también será de uso preceptivo en gimnasios o recintos cerrados y en entornos urbanos y de gran concurrencia. Únicamente se podrá excepcionar su uso en los momentos extraordina-rios de actividad física intensa y en caso de competición.

Según el decreto, el reinicio del deporte escolar se pospone hasta el final del periodo navideño.