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ESTRASBURGO

Europa pide al Estado español cambios legales para garantizar la libertad de expresión

La comisaria de Derechos Humanos del Consejo de Europa, Dunja Mijatovic, ha instado al Estado español a modificar artículos del Código Penal sobre «enaltecimiento» o «injurias a la Corona», entre otros, debido a su «efecto amedrentador» en el ejercicio del derecho a la libertad de expresión.

Un retrato del rey español quemado en una protesta. (Josep LAGO/AFP)
Un retrato del rey español quemado en una protesta. (Josep LAGO/AFP)

En una carta al ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, con fecha del 11 de marzo divulgada este lunes, la comisaria Mijatovic señala el «impacto negativo» de algunos artículos del Código Penal español, que tienen un «efecto amedrentador» sobre el ejercicio de la libertad de expresión, «un derecho de importancia crucial para un debate público libre y plural».

La comisaria considera que el artículo 578 del Código Penal sobre la el «enaltecimiento o la justificación del terrorismo» «parece ser problemático desde el punto de visto de la seguridad jurídica debido a su ambigüedad y a su redacción imprecisa».

Hace notar que la falta de una definición clara «ha generado interpretaciones divergentes –a veces contradictorias– de estas disposiciones por parte de los tribunales españoles, algunos de ellos en desacuerdo con las normas internacionales sobre libertad de expresión», dice.

Además, Mijatovic expresa su preocupación por las condenas de cárcel dictadas en los últimos años contra artistas –sin citar a ninguno– por «letras controvertidas y otras actuaciones».

A ese respecto, insiste en que la «legislación antiterrorista» solo debe aplicarse «al uso o la amenaza de la violencia con la intención de sembrar el miedo y provocar el terror».

Todas las demás declaraciones «por muy no consentidas, chocantes o perturbadores que sean» están cubiertas por la libertad de expresión.

Sobre las injurias a la Corona, Mijatovic que la pena de cárcel que se contempla en los artículos 490 y 491 del Código Penal «por un delito cometido como parte de un debate político» solo sería compatible con la libertad de expresión si incluyera un mensaje de odio o incitación a la violencia.

Por otro lado, la comisaria estima que la regulación actual en el artículo 525 del Código Penal, que hace referencia la ofensa a miembros de una confesión religiosa, puede generar «limitaciones indebidas a la libertad de expresión».

Recuerda que, según el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), los grupos religiosos deben tolerarlos, siempre que no se incite al odio o a la intolerancia religiosa.

Por eso, propone adoptar un «enfoque integral» para «considerar la despenalización de los insultos a los sentimientos religiosos».

En su respuesta, el ministro Campo expresa su «sintonía» y la del Gobierno español con las preocupaciones de Mijatovic y el «deseo de que podamos sacar adelante una reforma de estos delitos que contribuya a mejorar aún más el legítimo ejercicio de la libertad de expresión».

El ministro indica a la comisaria que la propuesta en la que se está trabajando es aún objeto de estudio, y que lo que se busca es un «equilibrio entre el derecho a la libertad de expresión y esos bienes jurídicos», porque las opiniones «odiosas o despreciables» no pueden ser delitos.