Kote Cabezudo ha sido condenado este martes a ocho meses de cárcel por desobediencia a la autoridad en la que hasta ahora es la cuarta condena en su contra dictada por distintos juzgados de la capital guipuzcoana.
Mientras que esta sentencia aún puede ser recurrida, Cabezudo ya ha sido condenado en firme en dos ocasiones y otro fallo se encuentra en apelación ante la Audiencia de Gipuzkoa.
El fotógrafo está investigado por distintos delitos de índole sexual y estafa a una veintena de modelos en diferentes causas abiertas en distintos juzgados.
El asunto principal, iniciado en 2013 y en el que se halla procesado por la posible comisión de 47 delitos, varios de ellos contra la libertad sexual de sus víctimas, no tiene aún fecha para juicio.
De este se han desgajado numerosas piezas por causas menores, una de las cuales corresponde a la sentencia conocida hoy, que además de la pena de prisión impone al acusado la obligación de compensar con 3.000 euros a una víctima.
Imágenes de menores de edad
En la nueva sentencia, a la que ha tenido acceso la agencia Efe, el caso se remonta a marzo de 2013, cuando Cabezudo subió una imagen de una chica menor de edad a una cuenta de una red social dedicada «a promocionar trabajos fotográficos de corte erótico» realizados por él mismo, «compartiéndola públicamente con el resto de usuarios».
El escrito judicial recuerda que con posterioridad a estos hechos, el 4 de julio de 2014, la Audiencia de Gipuzkoa ordenó al acusado «la retirada inmediata» de Internet de todas las imágenes de sus presuntas víctimas.
Más tarde, el 25 de enero de 2017, el Juzgado de Instrucción número 4 de Donostia, le requirió también para que «procediera a la inmediata retirada de toda página web o perfil público de red social o cualesquiera similares» de todo el material fotográfico o videográfico que tuviera de las víctimas.
A pesar de estos dos mandatos judiciales y «del largo tiempo transcurrido, el 4 de mayo de 2018 la fotografía de la perjudicada seguía siendo públicamente accesible y visible en el perfil» de una red social del acusado, debido a su «inacción consciente».
La víctima, con angustia y ansiedad
La sentencia aclara que Cabezudo era «perfecto conocedor de los mandatos judiciales, así como de las responsabilidades penales en las que podía incurrir en caso de desobediencia tras los apercibimientos correspondientes».
El texto señala, además, que su víctima «presenta síntomas de angustia y ansiedad por los hechos denunciados, reclamando expresamente las acciones civiles y penales que pudieran corresponderle».
El condenado aún tiene pendiente la celebración de un quinto juicio, por desobedecer presuntamente un mandato judicial de retirar imágenes de otra víctima, menor de edad, de su canal de Youtube, que fue aplazado el pasado 2 de marzo.
Y tiene señalada una sexta vista para este mismo mes de abril, también por incumplimiento del mandato judicial de borrar de Internet imágenes de sus víctimas.