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La Audiencia de Nafarroa absuelve a un acusado de agredir sexualmente a la hija de su pareja

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Nafarroa ha absuelto a un acusado de haber abusado y agredido sexualmente de una niña de 14 años, hija de su pareja, en una localidad de Erribera. La Fiscalía y la acusación particular habían solicitado penas de más de 20 años de prisión.

La sentencia puede ser recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJN.
La sentencia puede ser recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJN.

La Audiencia Provincial que ha resuelto la denuncia considera, entre otros motivos, que los mensajes de móvil enviados entre el acusado y la hija de su pareja «desvirtúan las imputaciones y restan credibilidad a parte del relato de la menor de edad», según ha informado este viernes el Tribunal Superior de Justicia de Nafarroa (TSJN).

Respecto a la declaración de la menor, los jueces comentan que «no ofrece un relato de hechos que pueda valorarse con eficacia condenatoria, pues si bien declaró tanto en fase de instrucción, en prueba preconstituida y en el juicio oral, con la debida contradicción, oralidad e inmediación, haciéndolo con solidez suficiente, existe prueba documental (los mensajes) y testifical (los familiares del acusado) que sobre los días concretos objeto de acusación introducen una duda razonable, provocando que dicho testimonio, pese a ser en principio creíble, sea insuficiente para desvirtuar la presunción de inocencia del acusado».

En el juicio, que se celebró el pasado 4 de marzo, el fiscal y la acusación particular solicitaron 23 y 25 años de prisión, respectivamente, para el inculpado por un delito de «abuso sexual» (9 y 10 años pedían las acusaciones) y otro de «agresión sexual» (14 y 15 años). La defensa, por su parte, reclamó la absolución.

El tribunal no considera probados ni el abuso sexual supuestamente perpetrado la noche del 22 de noviembre de 2017 en un polígono industrial, ni una agresión sexual supuestamente llevada a cabo el 25 de diciembre del mismo año en la vivienda de él.

Mensajes que «pasaron el límite de lo correcto»

Según consta en la sentencia, que puede ser recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJN, el procesado, que en el momento de los hechos tenía 28 años, mantuvo una relación sentimental con la madre de la menor hasta enero de 2018. 

El encausado, que acudía a la vivienda de la madre «con asiduidad», intercambiaba llamadas y mensajes de móvil con la menor. Unos mensajes que, según recoge la resolución judicial, «pasaron el límite de lo correcto», puesto que él llegó a pedirle que le diera «besos en la boca».

En enero de 2018, la madre de la menor leyó los mensajes, lo que determinó que hablara con su hija y acudieran a formular denuncia ante la Policía Foral.