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Barcelona

El Superior de Catalunya no investigará a Aragonès por los avales a los encausados del procés

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha rechazado investigar al president de la Generalitat, Pere Aragonès, y a los consellers Jaume Giró y Laura Vilagrà por los avales del Institut Català de Finances (ICF) a los ex altos cargos de Govern encausados por el Tribunal de Cuentas.

El president de la Generalitat de Catalunya, Pere Aragonès, en una sesión del Parlament. (David ZORRAKINO/EUROPA PRESS)
El president de la Generalitat de Catalunya, Pere Aragonès, en una sesión del Parlament. (David ZORRAKINO/EUROPA PRESS)

En un auto que se ha hecho público este jueves, la Sala Civil y Penal del TSJC, de acuerdo con el criterio de la Fiscalía, ha acordado inadmitir a trámite las denuncias que presentaron Vox, Convivencia Cívica Catalana y Ciudadanos contra Pere Aragonès y dos de sus consellers por los supuestos delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos.

La Sala argumenta que «nada permite afirmar que el marco legal aprobado por el Govern de la Generalitat sea arbitrario por sí mismo y que posibilite sin más una administración desleal de fondos públicos».

Según el Tribunal Superior, el objeto de los avales es «estrictamente cautelar» –porque prevé hacer frente al patrimonio de cargos públicos ante decisiones no firmes–, establece una serie de condiciones para su prestación y da potestad a la Generalitat para denegarlos en aquellos casos en que la conducta del funcionario haya dado pie a un procedimiento sancionador por la propia Administración.

Recuerda que la normativa prevé que las cantidades garantizadas a través del Institut Català de Finances (ICF) sean devueltas en el caso de que la resolución judicial firme que recaiga sobre los beneficiarios «establezca finalmente la existencia de responsabilidad contable o civil derivada de falta o delito».

El TSJC afea a los denunciantes que aludan en sus denuncias a la «ilegalidad» de las actuaciones de los altos cargos avalados, teniendo en cuenta que el Tribunal de Cuentas todavía no ha adoptado una decisión definitiva sobre el asunto.

«Genuino acto político»

Respecto al delito de prevaricación, la Sala entiende que el decreto que dio luz verde a los avales es un «genuino acto político» y una norma jurídica de urgencia con rango de ley, por lo que «cae fuera del control de la validez de los tribunales del orden contencioso-administrativo» y está sujeta al del Constitucional.

A través del decreto, insiste la Sala, «el Govern de la Generalitat no dictó una mera resolución en un asunto administrativo, presupuesto de toda prevaricación administrativa».

En paralelo a las denuncias en manos del TSJC, la Fiscalía de Barcelona está investigando desde hace meses a la junta de gobierno del ICF por la concesión de los avales para cubrir la fianza de 5,4 millones de euros que el Tribunal de Cuentas reclama a una treintena de ex altos cargos del Govern por destinar dinero público a la promoción del procés en el extranjero.