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Gasteiz

Un repaso a cómo solicitar y usar el pasaporte covid digital en Araba, Bizkaia y Gipuzkoa

El Gobierno de Lakua ha actualizado este lunes su documento sobre las preguntas más habituales que se hace la gente en torno a la normativa vigente en cuanto a la situación sociosanitaria derivada de la pandemia del covid. Actualidad que viene marcada por la exigencia del certificado digital.

Desde el 4 de diciembre es obligatorio mostrar el pasaporte covid en ciertos establecimientos de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa. (Idoia ZABALETA/FOKU)
Desde el 4 de diciembre es obligatorio mostrar el pasaporte covid en ciertos establecimientos de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa. (Idoia ZABALETA/FOKU)

El reglamento sobre el certificado covid digital de la Unión Europea es aplicable desde el 1 de julio de 2021, por lo que en Euskal Herria son muchas las personas que lo portan desde hace más de cinco meses en su teléfono móvil o impreso en papel.

Pero en la CAV su uso no era obligatorio hasta el 4 de diciembre en ningún ámbito, salvo que fuera requerido para realizar un vuelo internacional que partiera de los aeropuertos de Loiu, Hondarribia o Foronda.

Por eso, el Departamento de Salud ha publicado este lunes una versión actualizada del documento ‘Respuestas a preguntas frecuentes’ en torno a las medidas específicas de prevención ante el coronavirus establecidas por el Gobierno de Lakua.

Además, para resolver cualquier duda, la ciudadanía puede utilizar el canal de atención ciudadana Zuzenean.

¿Qué es el Certificado Covid Digital UE?

También conocido como ‘pasaporte covid’, es un documento con lectura QR emitido para facilitar la libre circulación segura de la ciudadanía dentro de la Unión Europea durante la pandemia.

Además, desde el 4 de diciembre, en la CAV se ha habilitado la exigencia de este certificado como pase obligatorio en establecimientos ligados al ocio nocturno y a la restauración.

¿Qué tipo de certificados hay?

Contrariamente a lo que se da a entender en muchas ocasiones, el pasaporte covid no está vinculado exclusivamente a la vacunación. Por ello hay tres tipos:

- Certificado de vacunación: Para las personas vacunadas con 1 o 2 dosis.

- Certificado de recuperación: Para quienes hayan pasado la enfermedad desde 11 a 180 días después de haber tenido PCR positiva.

- Certificado de prueba negativa: Personas con prueba diagnóstica negativa 48 horas antes en prueba de antígenos y 72 horas en prueba de PCR. Este es el pase que pueden utilizar las personas no vacunadas que no hayan pasado el covid.

¿Cómo se puede obtener el certificado?

Puede obtenerse de dos formas: digital o presencial.

De forma digital: entrando en la web del Departamento de Salud hay dos canales: utilizando herramientas de firma electrónica o el número de la tarjeta sanitaria (TIS).

De forma presencial: en las oficinas de Zuzenean en Bilbo, Donostia y Gasteiz, con cita previa. Las oficinas abrirán en horario habitual, de 8:00 a 19:30 horas, pero es obligatorio acudir con cita previa, la cual se puede solicitar vía Internet o a través del teléfono 945 01 90 00.

¿Qué plazo de vigencia tienen estos certificados?

- El certificado de vacunación: durante un año desde la fecha de la última dosis.

- El certificado de recuperación: válido durante 6 meses.

- El certificado de prueba diagnóstica negativa: Con test de antígenos, 48 horas; y con PCR 72 horas.

¿Cómo y cuándo se debe mostrar el certificado en los establecimiento obligados a ello?

Tanto para el acceso como durante la permanencia, se deberá mostrar el certificado covid digital de la UE (QR), previo requerimiento de la persona titular del establecimiento o por los agentes de la autoridad.

La forma de presentarlo puede ser en un documento digital en formato PDF con un código QR ubicado en un terminal móvil u otro dispositivo, o en papel si fuera necesario.

¿Es necesario presentar el DNI u otro documento oficial acreditativo?

Sí.

¿Quién puede impedir el acceso a un local?

Cuando se exija la presentación del certificado para acceder a un local y una persona pretenda entrar sin mostrarlo, son las personas propietarias, en primera instancia, quienes deberán impedirlo.

En el caso que la persona usuaria no respete la prohibición de acceso, la persona propietaria podrá llamar a la Policía Local o a la Ertzaintza.

Además, la Policía Local o Ertzaintza podrán realizar inspecciones a esos establecimientos para la comprobación del cumplimiento de la orden.

¿El Gobierno de Lakua va a facilitar alguna aplicación de lectura del código QR?

No. Ya existen varias aplicaciones en funcionamiento en varios Estados europeos que pueden resultar de utilidad.

Las respectivas asociaciones de Hostelería de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa han puesto a disposición de sus asociados la aplicación Covid Certificate Check, desarrollada por la Oficina Federal de Salud de Suiza.

¿Cuándo es obligatorio el uso de la mascarilla?

El uso de la mascarilla será obligatorio para las personas mayores de 6 años en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentren abierto al público.

En espacios al aire libre será preceptivo su uso siempre que no resulte posible mantener de modo constante una distancia mínima de 1,5 metros entre personas, salvo grupos de convivientes. En consecuencia, la obligatoriedad del uso de la mascarilla se extiende a todo tipo de entornos urbanos donde se producen aglomeraciones.

Queda exento su uso en el medio natural, siempre que no se produzca aglomeración o concurrencia con otras personas no convivientes.

¿Es obligatorio el uso de mascarilla en los establecimientos de hostelería y restauración?

. En estos establecimientos, solo se excluye la obligación del uso de la mascarilla en el momento de la ingesta de alimentos o bebidas.