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La Justicia europea rechaza las multas de Hacienda por no declarar bienes fuera del Estado

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha declarado ilegal la legislación española que obliga a declarar los bienes y derechos en el extranjero a través del llamado modelo 720 por considerar que las sanciones que impone son «desproporcionadas» y menoscaban la libre circulación de capitales.

María Jesús Montero, ministra española de Hacienda. (Óscar CAÑAS/EUROPA PRESS)
María Jesús Montero, ministra española de Hacienda. (Óscar CAÑAS/EUROPA PRESS)

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha declarado «ilegal» el sistema de sanciones que aplica la Hacienda española a los contribuyentes que no declaran correctamente y a tiempo sus bienes y activos en el extranjero, al concluir que se trata de una medida «desproporcionada» que contraviene el Derecho de la UE.

En su dictamen, el Tribunal de Justicia de la UE ha considerado que tales multas «establecen una restricción desproporcionada a la libre circulación de capitales» y que, por tanto, contraviene el Derecho de la Unión.

El pasado julio, el Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea también consideró «ilegal» el sistema de sanciones de Hacienda al concluir que se trata de una medida «desproporcionada» que contraviene el Derecho de la UE.

El caso se remonta a 2015, cuando la Comisión Europea decidió expedientar al Estado español por exigir a los contribuyentes residentes que notifiquen las propiedades, cuentas bancarias o activos financieros que tengan en el extranjero. La falta de soluciones llevó a Bruselas a elevar el caso ante la Justicia europea en junio de 2019.

El Ejecutivo comunitario consideró discriminatorias las sanciones previstas por el ‘modelo 720’ porque las multas para infracciones similares a nivel estatal son mucho menores y porque en el caso de los activos en el exterior la sanción puede superar incluso el valor del bien. Una idea en la que ha coincidido en Tribunal de Justicia de la UE.

La legislación española establece que los residentes en el Estado que no declaren o declaren de manera imperfecta o extemporánea los bienes y derechos que poseen en el extranjero se exponen a la regularización del impuesto, así como a una multa proporcional.

En este sentido, el TUE ha estimado que la ley española sanciona el incumplimiento las obligaciones declarativas «mediante la imposición de multas de cuantía fija muy elevadas, ya que se aplican a cada dato o conjunto de datos; van acompañadas, según los casos, de un importe mínimo de 1.500 o 10.000 euros y su importe total no está limitado».

El TUE ha recogido en su sentencia el «carácter extremadamente represivo» de la elevada imposición de la multa y ha subrayado que «su acumulación con las multas de cuantía fija previstas adicionalmente puede dar lugar, en muchos casos, a que el importe total de las cantidades adeudadas por el contribuyente supere el 100% del valor de sus bienes o derechos en el extranjero».

El Gobierno español lo «corregirá»

La ministra española de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero, ha mostrado total «respeto» a la sentencia y ha anunciado que se corregirá «con la mayor celeridad» los elementos sujetos a revisión. «Vamos a reformular de forma rápida, una vez que leamos con detenimiento la letra pequeña, aquellos aspectos que haya que corregir», ha asegurado la ministra. Concretamente, los asuntos que están sujeto a revisión son los plazos de prescripción y la cuantía de las sanciones.

Pese a esta corrección, la ministra ha remarcado que se trata de una declaración informativa, por lo que sigue estando vigente. Así que hasta el 31 de marzo del ejercicio corriente tienen los contribuyentes de plazo para hacer la presentación de este modelo 720.

La ministra pretende que, antes de que expire el plazo de presentación del modelo se haya corregido la norma utilizando algunas de las leyes que pueden encontrarse en tramitación en el Congreso o el Senado. «Creemos que es más adecuado hacerlo por este mecanismo que no por el mecanismo del decreto ley», ha afirmado Montero.

Como información general, la ministra ha apuntado que son unos 60.000 contribuyentes los que presentan este modelo anualmente, por lo que se trata de un volumen limitado de personas que hacen esta declaración de bienes en el extranjero. El importe en términos de euros declarados desde la vigencia del modelo está en torno a 225.200 millones.

La ministra ha señalado que en los últimos tres años «no se ha impuesto prácticamente ninguna sanción» sobre este modelo precisamente para no tener que atender a la posible nulidad de las mismas por la deliberación del TJUE.

Eso sí, antes de estos tres años sí se han impuesto sanciones por esta normativa, creada en 2012, que podrían alcanzar los 230 millones de euros. «Habrá que ver ahora a quién le afecta la letra pequeña de la sentencia, si es a la totalidad de afectados o si solo una parte», ha señalado.