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Condenan a Eroski por prácticas publicitarias relacionadas con Eusko Label

La Audiencia de Bizkaia ha dado la razón la asociación de horticultores Bihoel y ha condenado a Eroski por prácticas publicitarias relacionadas con el uso de la marca pública Eusko Label.

Foto de archivo de un supermercado de Eroski.
Foto de archivo de un supermercado de Eroski. (Jaizki FONTANEDA | FOKU)

La Sección Cuarta de la Audiencia de Bizkaia ha dado a conocer este martes la sentencia que da la razón la asociación de horticultores Bihoel y ha condenado a Eroski por prácticas publicitarias ilícitas relacionadas con el uso de la marca pública Eusko Label.

Bihoel, que agrupa a más de 110 productores, presentó en 2018 una denuncia ante Autoridad Vasca de la Competencia por el acuerdo suscrito entre la Fundación Hazi y Eroski para vincular la marca pública de certificación Eusko Label Kalitatea con otra privada, Eroski Natur.

Según destaca Abogados Artatxo, Eroski desarrolló una fuerte campaña publicitaria destacando «su apuesta por el producto local y por los productores locales» incluyendo un mensaje publicitario que decía: «Fruto de un nuevo cobranding con Eusko Label, en 2016 nuestros tomates, lechugas y pimientos Eroski Natur pasan a ser también Eusko Label. En el caso de las guindillas, son Eroski Natur y Euskal Baserri las marcas que se unen».

Bihoel denunció ante los tribunales la falsedad de dicha campaña publicitaria de Eroski y, finalmente, la Audiencia Provincial ha declarado que dicho mensaje publicitario inducía a error a los destinatarios del mismo, es decir a los consumidores.

Así, la sentencia señala que «la existencia de engaño y error se da cuando los productos de Eroski Natur no son Eusko Label, ya que parte de los productos Eroski Natur vienen de fuera del País Vasco y por ello no pueden ser de Eusko Label».

«El consumidor medio al que se dirige la publicidad engañosa no tiene la oportunidad de comprobar la información sobre el producto o etiquetado que sí podría hacer el consumidor que acude a la tienda o a un supermercado», señala la sentencia.

En su fallo, la Audiencia ha condenado a Eroski a la retirada de dichos mensajes de su página web y del resto de medios de comunicación o soportes publicitarios; imponiéndole también íntegramente las costas procesales del procedimiento.

Eroski aún puede recurrir ante el Tribunal Supremo español.