NAIZ

Una grabación de móvil condena a un ertzaina que golpeó a Fátima y a su hijo en Bilbo

El agente había acusado a las víctimas de atentado a la autoridad, pero, según el tribunal, las imágenes demuestran que el uso de la porra no fue «proporcionado» y le condena por lesiones. Los hecho tuvieron lugar en marzo de 2020 en el barrio de San Francisco.

Pancarta contra la Ertzaintza en el barrio de San Francisco, justo después del incidente con Fátima y su hijo.
Pancarta contra la Ertzaintza en el barrio de San Francisco, justo después del incidente con Fátima y su hijo. (Aritz LOIOLA | FOKU)

El Juzgado de lo Penal número 3 de Bilbo ha absuelto de la acusación de un delito de atentado contra agentes de la autoridad y de otro de lesiones a una mujer de origen magrebí, de nombre Fátima, que había sido acusada por la Ertzaintza tras un incidente que tuvo lugar en marzo de 2020 en la calle San Francisco de Bilbo, mientras que ha condenado por dos delitos leves de lesiones a un agente de la Policía autonómica.

Los hechos tuvieron lugar en pleno periodo de confinamiento. En la sentencia, a la que ha tenido acceso NAIZ, se recoge que tanto el ertzaina condenado como su compañero ofrecieron una versión de los hechos en la que identificaron en la calle al hijo de Fátima y este amenazó a los agentes con intentar quitarles la pistola y pegarse un tiro, acercándose de manera agresiva, por lo que, siempre según sus palabras, tuvieron que golpearle primero y esposarle después. También contaron que la madre trató del golpearles y que ellos respondieron con «el bastón policial».

Estas versiones fueron desmentidas por Fátima y su hijo y por dos vecinas que presenciaron la escena desde sus respectivos balcones. Una de ellas lo grabó todo con su móvil, y en las imágenes se ratifica que el policía condenado golpeó a ambos sin mediar intento de agresión por su parte. «El uso del bastón policial no es proporcionado al caso», subraya la sentencia.

Concentración solidaria con Fátima cuando se celebró el juicio. (FOKU)

Estrategia de contradenuncia

Al igual que hizo cuando llegó el juicio, Sos Racismo Bizkaia ha denunciado que «además de ser agredidos por la policía», Fátima y su hijo «fueron denunciados por el agente por lesiones, siendo criminalizados cuando realmente eran las víctimas en este episodio violento y racista. La contradenuncia es una estrategia más que utilizada por la policía para cubrirse las espaldas frente a este tipo de agresiones, por lo que había en este proceso judicial denuncias cruzadas».

«A pesar de que la justicia ha reconocido al agresor, consideramos que esta condena contra el agente ha sido simbólica, ya que no refleja la gravedad de la injusticia y el racismo policial que han sufrido Fátima y su hijo», ha añadido este colectivo.

La condena asciende a dos multas de 240 euros por cada uno de los «dos delitos leves de lesiones» y a sendas indemnizaciones de 150,60 euros a Fátima y 105 euros a su hijo por las lesiones causadas.