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La acusada del crimen de Castro, declarada culpable por el jurado

El jurado popular del crimen de Castro Urdiales ha declarado culpable a Carmen Merino de acabar en febrero de 2019 con la vida de su pareja, el vizcaino Jesús María Baranda, con intención de «aprovecharse económicamente» al haber sido nombrada heredera universal en el testamento.

Carmen Merino, en una de las sesiones del juicio.
Carmen Merino, en una de las sesiones del juicio. (Europa Press)

El jurado popular del crimen de la localidad cántabra de Castro Urdiales ha declarado culpable a Carmen Merino de acabar en febrero de 2019 con la vida de su pareja, el vizcaino Jesús María Baranda, con intención de «aprovecharse económicamente» tras haber sido nombrada heredera universal por este en su testamento.

Con ocho votos a favor y uno en contra, este viernes noche ha considerado probado que Carmen Merino, que lleva en prisión provisional tres años por estos hechos, y para la que el fiscal y la acusación particular han rebajado sus peticiones de pena de 25 a 15 años de cárcel, mató a la víctima, aunque no queda acreditado que usara altas dosis de diazepam para hacerlo.

El jurado ha basado su veredicto, que ahora queda visto para sentencia, en las búsquedas que la acusada hizo por internet y en la reiterada compra de productos de limpieza. Así, se recogen búsquedas como «si desaparece mi marido cuánto tardo en cobrar la pensión», «cuánto tarda en descomponerse un cuerpo» o «cómo desatascar una motosierra».

Así lo ha decidido, tras casi diez horas de deliberación y dos semanas de vista oral, el jurado popular que se constituyó el pasado 4 de noviembre en la Audiencia de Cantabria para juzgar a esta sevillana de 64 años por la muerte de ese vizcaíno de 67, del que sólo se encontró el cráneo en septiembre de 2019 tras más de seis meses de desaparición.

Una vez emitido el veredicto del jurado –compuesto de un total de 13 puntos–, Merino será condenada por un delito de homicidio con agravante de parentesco. Este ilícito puede llevar penas de entre 12 años y medio y 15 años, de manera que la Fiscalía y la acusación particular han solicitado la condena máxima y la defensa la mínima.

Así, Merino se enfrenta ahora a un máximo de 15 años por homicidio, cuando hasta ahora el fiscal pedía 25 por asesinato con alevosía y la acusación particular –que ejercen los hijos de la víctima– solicitaba la prisión permanente revisable.

El fiscal ha pedido el máximo de 15 años –a lo que se ha adherido la letrada de la acusación particular–  atendiendo a la concurrencia de parentesco y a que existió un móvil económico para cometer el crimen, lo que a su juicio implica «un mayor reproche de culpa».

En cuanto a la responsabilidad civil ha mantenido lo que fijó ayer en el turno de conclusiones, pidiendo 20.000 euros para cada uno de los dos hijos de la víctima y otros 20.000 para el hermano. La acusación particular, por su parte, reclamaba 35.000 euros para cada hijo.

También, como figuraba en su escrito, el ministerio fiscal ha mantenido la petición de la medida de libertad vigilada cuando se cumpla la condena.

Mientras, la defensa ha apostado por la pena mínima posible para el delito de homicidio con agravante de parentesco, 12 años y medio, aunque ha advertido que no significa que «se aquiete al resultado del veredicto» y se reserva la posibilidad de recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC).

También, con ocho votos, la han declarado culpable de matar a su pareja «sabiendo y conociendo lo que hacía», pues han argumentado que la prueba pericial psiquiátrica «no presentaba trastorno psicótico, alteración afectiva mayor ni trastorno de personalidad», así como que «conserva sus facultades cognitivas y volitivas con juicio de realidad preservado».



Duda del jurado

Unas dos horas antes de hacer público el veredicto, se ha celebrado una audiencia pública de unos quince minutos en la que el magistrado Agustín Alonso  ha resuelto una duda al jurado, que había pedido modificar una de las preguntas, la de si Merino «causó intencionadamente la muerte» de su pareja, para poner en su lugar que «participó»" en su muerte. El juez les ha autorizado a hacer el cambio, siempre que dejaran claro si la acusada participó como autora o como cómplice o encubridora del delito.

Este punto cobraba especial relevancia después de que ayer, tras dos semanas de juicio, la defensa introdujera una posible nueva versión de los hechos. El letrado de Merino mantuvo que su patrocinada «no causó» la muerte de su novio pero, como cuestión subsidiaria por si el jurado no optaba por la libre absolución que él solicitaba, planteó que podría haber encubierto al verdadero asesino. Una posibilidad que, en base a las respuestas del jurado, ha quedado descartada.

Así, dejando la pregunta como se le formulaba inicialmente, el tribunal ha considerado probado con cinco de los nueve votos que la mujer «causó intencionadamente la muerte» de Baranda en una fecha indeterminada de 2019; si bien con la modificación introducida todos sus miembros menos uno han considerado probado que «participó, actuando como autora». Igualmente, ocho de los nueve jurados creen que los hechos ejecutados por Merino «causaron la muerte» de su novio.