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El Supremo rechaza el bloqueo pedido por Jucil de la transferencia de Tráfico a Nafarroa

La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha desestimado la medida cautelar interesada por el seudosindicato de guardias civiles de Vox, Jucil, conta de traspaso de la competencia de Tráfico a Nafarroa. El traspaso se hará efectivo el próximo 1 de julio. 

Chivite posa con mandos de la Policía Foral tras el acto institucional de traspaso de la competencia de Tráfico a Nafarroa.
Chivite posa con mandos de la Policía Foral tras el acto institucional de traspaso de la competencia de Tráfico a Nafarroa. (Idoia ZABALETA/FOKU)

En su auto, la Sala señala que la medida cautelar pretendida por la asociación Jucil (dentro de la Guardia Civil no se permiten sindicatos como tales) se ceñía a las consecuencias de la ejecución del acuerdo de la Junta de Transferencias en lo que pueda afectar a los intereses profesionales de los guardias civiles a quien representa, y más en concreto los intereses de aquellos que no sean transferidos a la Comunidad Foral.

El Supremo argumenta, a los efectos del ‘periculum in mora’, esto es, que de no estimarse la medida pretendida perdería efectividad una eventual sentencia estimatoria, que «no cabe suspender la ejecutividad de un acuerdo de traspaso de funciones y servicios invocando unos perjuicios profesionales que se desconocen y que, todo lo más, la recurrente intuye o teme».

Añade que «de dictarse una eventual sentencia estimatoria no se justifica que el mantenimiento de la ejecutividad de los acuerdos impugnados lleve a crear una situación irreversible, capaz de hacer perder a esa posible sentencia su fin legítimo; además, visto el plazo que se prevé para el despliegue progresivo de la Policía Foral, antes de consumarse recaerá sentencia atendiendo a los tiempos de resolución de esta Sala».

Por otro lado, el auto considera que no está de más incidir en que esa retirada progresiva «deberá siempre ejecutarse facilitando la conciliación de la vida profesional, personal y familiar pues en la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil» y recuerda que «tal conciliación es un principio rector de la ordenación profesional en el ámbito de la Guardia Civil (artículo 5.2)».

En consecuencia, el Supremo rechaza la petición del sindicato afín a Vox (y hermano de Jupol, en la Policía española) sin entrar al fondo de lo que supone, en sí, este traspaso.