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El Tribunal de Estrasburgo confirma la condena contra el rapero Pablo Hasél

El Tribunal de Estrasburgo ha rechazado el recurso planteado por el rapero catalán Pablo Hasél y ha confirmado la condena por «enaltecimiento del terrorismo» que le impuso la Audiencia Nacional española y que supuso en encarcelamiento en la cárcel de Ponent, en Lleida.

Pablo Hasel.
Pablo Hasel.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en la ciudad alsaciana de Estrasburgo, ha validado este jueves la condena al rapero catalán Pablo Hasél por «enaltecimiento del terrorismo», que considera «razonable y apropiada» y considera que las letras de sus canciones podían tener «consecuencias nefastas». De este modo, el Tribunal de Estrasburgo rechaza el recurso presentado por el cantante.

La Audiencia Nacional española condenó al rapero a nueve meses de prisión por «enaltecimiento del terrorismo e injurias a la corona,» lo que motivó su ingreso en el centro penitenciario de Ponent (Lleida) en febrero de 2021.

Estando ya en prisión Hasél ha sumado varias condenas por otros hechos distintos a esa sentencia condenatoria de la Audiencia Nacional que lo envió a la cárcel. Desde la prisión de Ponent ha denunciado en repetidas ocasiones las condiciones de su encarcelamiento.

«Razonable y proporcionada»

En lo referente a la condena por enaltecimiento del terrorismo, los jueces de Estrasburgo han validado los argumentos de los españoles al considerar que «las declaraciones y canciones» de Hasel constituyen «una incitación al terrorismo» y «son accesibles a un público amplio por lo que son susceptibles de tener consecuencias nefastas».

«La apreciación dada por los tribunales españoles fue razonable y proporcionada», han agregado, al tiempo que consideran que analizaron el caso «a la luz de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos» y que la motivación de sus sentencias es «pertinente y suficiente».

Han añadido que si Hasél no hubiera tenido condenas previas no habría tenido que ingresar en prisión.

Sobre las injurias a la corona y a otras instituciones, los magistrados de Estrasburgo también han avalado la actuación de la Audiencia Nacional.

Han constatado que el rapero mantuvo repetidamente acusaciones de tortura, asesinato y nazismo, entre otras, contra el rey y otras instituciones «en su calidad de artista», pero han considerado que los jueces españoles «examinaron minuciosamente el caso a la luz de la jurisprudencia y teniendo en cuenta los diferentes intereses antes de declararle culpable».

«Esta condena no puede pasar por desproporcionada», han concluido.

También han rechazado el recurso de Hasél en lo referente a las trabas impuestas para presentar un recurso de amparo, que Estrasburgo consideró que es «más estricto que otros» y que en este caso no había ninguna cuestión fundamental que justificara suavizarlo.