NAIZ
Iruñea

Seis años de cárcel a un vecino de Iruñea por violar a una menor obligada a prostituirse

La Audiencia de Nafarroa ha condenado a seis años de cárcel a un vecino de Iruñea que violó a una menor de 14 años que había sido obligada a prostituirse

Imagen de la sede del TSJN.
Imagen de la sede del TSJN. (Iñigo URIZ | FOKU)

La Audiencia de Nafarroa ha condenado a 6 años de prisión a un vecino de Iruñea de 45 años que violó a una menor de 14 que había sido obligada a prostituirse y que, previamente, se había fugado de un centro de acogida del Gobierno foral.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial le ha impuesto un total de 6 años de prisión, 4 por un delito de abuso sexual con penetración y 2 por un delito de prostitución, según informa el Tribunal Superior de Justicia de Nafarroa.

En relación con estos hechos, también han sido condenadas una madre y su hija a 3 años de prisión cada una por inducir a la prostitución a tres menores de edad (1 año por cada delito). Y la hija encausada, además, ha sido penada con otros 3 años de prisión como cooperadora necesaria del delito de abuso sexual cometido por el hombre condenado.

La sentencia, dictada el pasado día 4 de conformidad tras un acuerdo entre la Fiscalía, la acusación particular, ejercida por el Ejecutivo navarro, y la defensa, considera probado que la hija procesada, de 43 años, conocía a una menor de 14 años porque era compañera de colegio de su hijo mayor. La niña había acudido en diversas ocasiones al domicilio, situado en Iruñea, e incluso había pernoctado en el mismo alguna vez.

El 4 de diciembre de 2022, esta menor, y otras dos de 13 y 14 años, se fugaron del centro de protección dependiente del Gobierno en el que residían y acudieron a la citada vivienda, donde permanecieron el 7 y el 9 del mismo mes.

Cuando llegaron a la casa, las acusadas, la hija y su madre, de 68 años, les dijeron que, si querían quedarse allí, tenían que ganarse la vida manteniendo relaciones sexuales. Dos de las menores rechazaron esa proposición.

Según la sentencia, la tercera menor no se negó y, a partir de entonces, la hija inculpada contactó con posibles «clientes». A uno de ellos le envío fotos de la menor y le pidió 50 euros a cambio de mantener relaciones con ella. El hombre accedió y el 7 de diciembre llevó a cabo la agresión sexual.

Dos días después, este hombre regresó al domicilio con la misma intención. La menor se negó, pero el hombre, según la sentencia, la forzó y violó pese a los gritos y la oposición de la niña.

Mientras esta menor se veía obligada a mantener contactos sexuales con terceras personas, la procesada controlaba lo que esta hacía y recibía el dinero en su propio beneficio.

En el acuerdo alcanzado, a las dos mujeres se les ha estimado la atenuante cualificada de trastorno mental. En el caso del hombre concurre la atenuante de reparación del daño, por haber consignado con anterioridad 600 euros.

Y es que, según la sentencia, la hija presenta un cuadro de retraso mental ligero asociado a consumo perjudicial de alcohol y consumo de estimulantes y cannabis, que afectaría de forma moderada-grave a sus capacidades intelectivas y volitivas, pero no se puede afirmar que para los hechos enjuiciados estuvieran anuladas.

Su madre, por su parte, “está diagnosticada de esquizofrenia”, que en la fecha de los hechos “podía determinar una afectación grave de sus facultades intelectivas y volitivas”.

Ninguno de los tres podrán acercarse ni comunicarse con las víctimas durante entre 5 y 10 años, y deberán cumplir 3, 8 y 13 años, respectivamente, de libertad vigilada.

Además, la hija y el hombre condenados tendrán que indemnizar a la menor víctima de abuso sexual con 8.000 euros.

En la sentencia se ha pactado la suspensión del ingreso en prisión de la madre por un periodo de dos años a condición de que abone una multa de 1.314 euros y de que no delinca en dicho periodo de tiempo.