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La Audiencia Nacional absuelve a 40 jóvenes independentistas juzgados acusados de ser de Segi

La Audiencia Nacional española ha absuelto a los 40 jóvenes independentistas que fueron juzgados entre octubre y enero acusados de ser de Segi. El tribunal no da validez a las declaraciones obtenidas por la Policía durante la incomunicación y cuestiona que los jóvenes declarasen «en ejercicio de su libertad». Los jueces apelan al Convenio contra la Tortura y recuerdan que este «obliga a todo Estado a asegurarse de que ninguna declaración que se demuestre ha sido hecha como resultado de tortura pueda ser invocada como prueba en un procedimiento».

Imagen de los encausados. (J.J.GUILLÉN/EFE)

La Audiencia Nacional española ha absuelto a los 40 jóvenes independentistas juzgados en el tribunal especial acusados de ser de Segi, según ha podido saber NAIZ. La decisión del tribunal va en contra del criterio de la Fiscalía, que defendió en la fase final la validez de las acusaciones señaladas en los informes policiales y en las autoinculpaciones de los jóvenes a pesar de las denuncias de tortura. Se solicitaban seis años de prisión para cada uno de los jóvenes.

36 de ellos fueron procesados en un juicio celebrado entre octubre y enero pasados, mientras que otros cuatro (Goizane Pinedo, Unai Ruiz Pou, Idoya Iragorri e Irati Mujika) fueron juzgados el pasado mes de marzo, al haber llevado a cabo anteriormente una acción desobediente.

Los cuatro fueron encarcelados después de no haberse presentado al macrojuicio que comenzó  el 14 de octubre de 2013, aunque recobraron la libertad tras ser juzgados.

En su sentencia, el tribunal considera nulas las declaraciones efectuadas por los jóvenes juzgados ante la Policía mientras estuvieron incomunicados –la mayoría de ellos denunciaron haber sido torturados– y pone en cuestión que declarasen «en ejercicio de su libertad».

Aunque indica que «no es objeto del juicio decidir si alguno de ellos fue sometido a torturas o tratos degradantes» durante el tiempo que permanecieron incomunicados antes de declarar ante el juez instructor, apunta que solo las declaraciones sumariales que se hayan realizado «libre, voluntaria y espontáneamente pueden ser tenidas en cuenta para obtener elementos incriminatorios».

Así, los jueces apelan a la Convención contra la Tortura para rechazar como pruebas las confesiones obtenidas bajo tortura y afirman que «en el proceso penal la prevención de toda forma de tortura y de tratos inhumanos o degradantes pasa por no utilizar información alguna obtenida del encartado durante su detención cuando haya denunciado, de manera verosímil o probable, algún tipo de violencia. De esa manera, el sistema pretende disuadir conductas similares futuras. Porque la libertad de declaración resulta comprometida cuando el inculpado afirma que su voluntad ha sido forzada», sostiene la sentencia.

La incomunicación, «situación de especial riesgo para los derechos humanos del detenido»

En esa línea, recuerda que «el artículo 15 de la Convención contra la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, obliga a todo Estado a asegurarse de que ninguna declaración que se demuestre ha sido hecha como resultado de tortura pueda ser invocada como prueba en un procedimiento, salvo el que se dirija contra la persona imputada de este delito».

El tribunal llega a cuestionar la propia incomunicación, situación que a su juicio «genera una situación de especial riesgo para los derechos humanos básicos del detenido».

Desarrollaban «actos de contenido político»

El fallo concluye también que no se ha acreditado la «afiliación o militancia» de los jóvenes en «la organización terrorista Segi», ni que participaran en actos de «kale borroka», como sostenían las acusaciones. El tribunal entiende que los juzgados desarrollaban «actos de contenido político». De esta manera, afirma que algunos de ellos tomaron parte activa en el movimiento juvenil o en sindicatos estudiantiles, y que ejercieron de portavoces de «Gazte independentistak», pero aclara que este colectivo «no se vinculó, ni planificó, ni promoció, ni dirigió acciones de violencia callejera, ni consta que configurara grupos para ejecutarla»

«No consta que Gazte Independentistak dependiera de ETA ni que esta diseñara su estrategia y actividades. Este colectivo no asumió tarea alguna relacionada con la violencia callejera, ni consta su dependencia o complementariedad con ETA», afirma el fallo judicial.

La resolución judicial señala que el movimiento juvenil en Euskal Herria se articulaba a partir de los gaztetxes, «lugares ideológicamente plurales y con intereses diversos, que representan expresiones que van desde el feminismo al ambientalismo, los problemas de la enseñanza secundaria y universitaria, el acceso a la vivienda, la problemática del consumo de drogas, el ocio y el deporte, la música y otras manifestaciones de la cultura popular». Según el tribunal, no se ha podido acreditar que Segi controlara estos espacios.

Los 40 jóvenes procesados son naturales de las cuatro provincias de Hego Euskal Herria y la mayoría permanecía en libertad después de haber pasado en prisión provisional entre uno y dos años. Muchos de ellos fueron detenidos en una redada en la que denunciaron haber sufrido torturas.

Voto particular de Nicolás Poveda

Las dos sentencias cuentan con el voto particular del magistrado Nicolás Poveda, que discrepa del parecer mayoritario y se muestra partidario de condenar a 35 de los jóvenes a seis años de prisión y de absolver a Euken Villasante, Mikel Aiestaran, Asier Coloma, Carlos Renedo y Bitton González.

Los jóvenes juzgados y ahora absueltos son los siguientes: los navarros Ainara Bakedano, Amaia Elkano, Garbiñe Urra, Itxaso Torregrosa, Oier Zuñiga, Fermin Martinez, Artzai Santesteban y Jon Ciriza. Los alaveses Jon Anda, Jon Liguerzana, Nestor Silva, Unai Ruiz, Goizane Pinedo, Jagoba Apaolaza, Zumai Olalde, Aitor Liguierzana y Bittor Gonzalez. Los vizcainos Gaizka Likona, Eñaut Aiartzagunea, Mikel Totorika, Nahaia Aguado, Idoia Iragorri, Xabier de la Maza, Haritz Petralanda, Ibai Esteibarlanda, Karlos Renedo y Zuriñe Gojenola. Los guipuzcoanos Irati Mujika, Olatz Izagirre, Ion Telleria, Garazi Rodríguez, Maialen Eldua, Eihar Egaña, Euken Villasante, Mikel Esquiroz, Mikel Ayestaran, Xumai Matxain, Aritz Lopez, Asier Coloma y Aitziber Arrieta.