Dimitri Ermolenko

¿La ley es protección o castigo?

En la sociedad civilizada progresista en la que nos encontramos, la ley y la constitución son los fundamentos y las garantías de la seguridad, el bienestar y la igualdad de los ciudadanos, independientemente de su estatus social, religión y derecho a la opinión. Es decir, la Ley es para todos:

(Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación. El artículo 103 de la Constitución Española establece un marco en el que las administraciones públicas deben actuar siempre en interés de la sociedad, ser eficientes, transparentes y cumplir con la legalidad vigente, garantizando así el buen funcionamiento del Estado y la protección de los derechos y garantías de los ciudadanos).

Pero no todo es tan dulce como nos gustaría, y el mundo no es tan blanco y esponjoso si apagas la televisión, te quitas las gafas de la hipocresía, apartas de TikTok, y te sumerges en la verdadera relevancia. Todos estamos rodeados y limitados por: Leyes, Reglas, plazos, etc. porque las leyes creadas para el bienestar son en realidad una espada de Damocles (Damoclis gladius) para el pueblo, para aquellas personas que votan en las elecciones, a favor de los quien afilarán estas espadas de Damocles.

Por ejemplo: «¡¿qué es «Silencio Administrativo»?!, es nada más que un esquema, el afectado pone reclamación que habitualmente queda sin respuesta, Ojo, reclamación tiene coste, los abogados cobran por: «¿Cómo estás?», así que siguiente reclamación tiene precio sucesivamente más elevado y así subimos por la «escalera al cielo». Las Administraciones conoce esto mejor que un sacerdote una oración, y el final es claro, los afectados en mayor caso pierden esperanza y gastan sus ahorros, ¿y qué tenemos?:

Las cinco etapas para aceptar lo inevitable: 1. Negación 2. Enojo 3. Negociar 4. Depresión 5. Humildad.

La Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas (BOE n.º 236, de 2 de octubre de 2015)

Artículo 21. Obligación de resolver.

1. «La Administración está obligada a dictar resolución expresa y a notificar en todos los procedimientos cualquiera que sea su forma de iniciación».

En otras palabras, este artículo establece que la Administración Pública debe emitir una resolución clara y notificarla en todos los procedimientos, independientemente de cómo se hayan iniciado. Esto garantiza la transparencia y la protección de los derechos de los ciudadanos frente a la actuación administrativa.

2. El plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento. Este plazo no podrá exceder de seis meses...

Por cierto, esto sí que es Ley y dice contrario de lo que dice «silencio administrativo».

Desde 21 de diciembre de 2022 al 13 de junio de 2024 tengo enviado cuatro solicitudes, de cambio de contingencia de enfermedad común a enfermedad profesional, al INSS. ¡Respuestas no hay!

¿Cuánto se tarda en el cambio de contingencia?

El tiempo que tarda en resolverse una determinación de contingencia es impredecible. Podría estimarse entre un mes y un año según el caso.

A título orientativo podemos informar de los plazos legalmente previstos.

· Una vez admitida la solicitud por el INSS, está previsto un plazo de 4 días hábiles para que la mutua atienda el requerimiento del INSS de aportación de información y documentación.

Al trabajador solicitante en su caso se le concederá un plazo de 10 días hábiles para alegaciones.

· Desde que se aporte la documentación requerida o transcurran los plazos legales a tal fin, el INSS dispondrá de un plazo de 15 días hábiles para resolver. «

· Solicitud de Incapacidad permanente fui enviada 12 de septiembre 2023. Confirmación de INSS he recibido con fecha 31 de octubre 2023 con N. º de expediente. ¡Respuesta no hay!

De acuerdo con lo establecido en el artículo único del Real Decreto 286/2003, de 7 de marzo por el que se establece la duración de los plazos para la resolución de los procedimientos administrativos para el reconocimiento de prestaciones en materia de Seguridad Social (BOE del 08-04-2003), el plazo máximo para resolver el procedimiento y notificar la resolución es de 135 días contados desde la fecha del acuerdo de iniciación.

He tenido un accidente laboral in itinere con traumatismo craneal y fractura de cervicales 29/05/2021 con Artrodesis posterior de C1-C2 (15 de febrero 2023). Me operaron después de más de un año, porque la Mutua de Navarra valoro accidente como leve y dijeron que «te duele el cuello por el golpe». Me tomó de baja durante siete días para curar mi lesión en la cabeza y mando a trabajar con receta para tomar pastillas.

Parte Médico: Fecha y tipo: 29/05/2021, Baja Fecha de alta: 06/06/2021

A la reclamación que puesto yo a Mutua Navarra por error diagnostico (07 de diciembre 2022) recibí la respuesta de risa: «Tras realizar el estudio y valoración del caso... por abogados expertos..., pues la asistencia sanitaria que se le prestó fue correcta». Siguiente reclamación enviada por correo Administrativo (28 de julio 2023) con argumentos justificados y pruebas, Mutua Navarra ignoró.

Teniendo en cuenta los supuestos de negligencia médica más habituales son:

· Descarte de patologias graves.

· No realizacion de las pruebas medicas.

· Exploraciones incorrectas o deficientes.

· Error o retraso en el diagnóstico.

· Interpretación incorrecta de los síntomas del paciente.

· Comisión de circunstancias que puedan agravar el diagnóstico.

· Cuidado inadecuado, etc.

¡Incumpliendo todos estos puntos (justificadamente) los abogados expertos de Mutua Navarra dicen que la asistencia sanitaria que se le prestó fue correcta!

Ahora estoy operado de columna vertebral, tengo puesto implante y menos mal que no quede paralizado por negligencia y errores cometidos por irresponsabilidad de médicos de Mutua Navarra y servicio de urgencia que me atendí sin debido cumplimento normas de su trabajo, y por lo mismo calidad de mi vida a bajado significativamente por numerosas limitaciones de movimiento y actividad.

Como ciudadano y miembro de esta comunidad, considero que es de vital importancia abordar estos temas con la seriedad que merecen. Los errores en el diagnóstico y la falta de diligencia no solo ponen en riesgo la vida y el bienestar de los pacientes, sino que también socavan la confianza en nuestro sistema de salud. Es imprescindible que se establezcan medidas correctivas y se asuman las responsabilidades pertinentes para evitar que tales incidentes se repitan.

Espero que este medio sirva como plataforma para visibilizar estos problemas y generar un diálogo constructivo que lleve a mejoras tangibles en la atención médica que recibimos.

Recherche