La primera decisión de las cuatro que tendrán que producirse en los siguientes días sobre Arnaldo Otegi es contraria a su candidatura. La ha tomado la Junta Electoral de Gipuzkoa y ha sido comunicada a EH Bildu. De momento hace suya la tesis de la Audiencia Nacional de que Otegi no tiene derecho a sufragio pasivo (es decir, no puede ser votado) hasta el año 2021. La defensa, por contra, entiende que esa inhabilitación quedó agotada con el cumplimiento total de la condena de cárcel, el pasado 1 de marzo. En el escrito de la Junta no se alude a la segunda presunta inhabilitación planteada por el Estado, la que le impediría ocupar cargo público (y que no fue especificada por lo que resulta inaplicable).
La defensa dispone ahora de dos días, hasta la medianoche del viernes, para presentar alegaciones. Después, el lunes la Junta Electoral volverá a revisar el tema, oídas ya las dos partes y no solo la Audiencia Nacional como ha ocurrido ahora, y decidirá si proclama o no la candidatura de Otegi. Posteriormente el asunto entrará ya en vía judicial, primero en el Contencioso-Administrativo y finalmente en el Constitucional.
Hoy la Junta Electoral de Gipuzkoa se ha limitado a indicar lo siguiente: «Habiéndose observado que en la candidatura presentada para las elecciones al Parlamento Vasco, a celebrar el próximo 25 de setiembre, por el representante territorial de EH Bildu ante esta Junta Electoral figura como candidato don Arnaldo Otegi Mondragon, que según consta en la comunicación recibida en esta Junta de la Sección 4ª de la Audiencia Nacional, a través de la Junta Electoral Central, se encuentra condenado a la pena de inhabiltación para el ejercicio de sufragio pasivo desde el 4/09/2014 hasta el 28/02/2021 (...), se deduce que el candidato don Arnaldo Otegi Mondragon se encuentra inmerso en causa de inegibilidad».
Como se aprecia, se acepta así que el plazo de esta inhabilitación comenzó a correr en setiembre de 2014, es decir casi cinco años después del encarcelamiento de Otegi y tres después de la condena a seis años y medio dictada por la Audiencia Nacional.